¿Una ley sobre el cáncer infantil en México?

Por Enrique Pons Franco

Entre Covid-19 y vacunas; Biden y Trump, y Twitter y censura, se nos fue la tercera semana de enero sin darnos cuenta que, en los primeros días del 2021, México dio un paso hacia adelante en materia de combate, mediante la detección temprana, al cáncer infantil.

Parece cosa menor, pero según datos de la Asociación Mexicana de Ayuda a Niños con Cáncer A.C., la incidencia del cáncer infantil va en aumento en el mundo. En México, es la primera causa de muerte por enfermedad en pacientes de 5 a 14 años; a lo que se suman cinco mil nuevos casos de cáncer infantil al año, aunado a los entre 18 mil y 23 mil casos en tratamiento activo y en vigilancia.

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Después que se lograron poner de acuerdo en el Congreso de la Unión (sí, cuando se ponen de acuerdo hacen cosas buenas) el 8 de enero, entró en vigor en México un nuevo instrumento legal denominado Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia. ¿Pero qué dice? ¿En qué ayuda? ¿Qué derechos otorga? Ahora te lo cuento.

Es importante que sepas que al tener el carácter de “Ley General”, es de observancia en todo el país. Los estados no pueden decir que “allí no aplica” porque no existe una ley local. Con algunas deficiencias que por el momento no mencionaré, establece las medidas necesarias para la atención integral y universal de las niñas, niños y adolescentes menores de 18 años con sospecha o diagnóstico de cáncer.

También prevé que los sectores público y privado pueden impulsar acciones para fortalecer los servicios de salud en la materia, lo cual es de vital importancia fortalecer los ya de por sí desgastados servicios de salud del país.

Conforme lo señala la nueva ley, cualquier niña, niño y adolescente, tiene entre otros derechos, el de recibir atención médica integrada, con diagnóstico y tratamiento oportuno en cualquiera de sus tipos o modalidades. De igual forma, tienen derecho a recibir las prestaciones, análisis, y apoyo psicosocial de los servicios de salud correspondientes, desde la confirmación del diagnóstico y hasta el alta médica, sin importar que en el proceso el paciente supere los 18 años.

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También resalta el derecho que prevé recibir apoyo académico especial en los hospitales para que las ausencias escolares por motivo del tratamiento y consecuencias de la enfermedad, no les afecten de manera significativa. La nueva ley asoma el tema de los cuidados paliativos, es decir, para aliviar el sufrimiento cuando la posibilidad de recuperación se aleja.

Para los estados y para la Federación, será obligatoria la creación de algo que los legisladores llamaron Red Nacional de Apoyo Contra el Cáncer en la Infancia y Adolescencia, y que básicamente será la encargada de operar y aplicar las disposiciones de la ley. Para eso, ya les está corriendo el reloj, pues tienen seis meses para tener funcionando el sistema. Ciertamente, habrá que tener un poco de paciencia para ver cómo trabaja, pero la ventaja que otorga esta legislación es que, al establecer un régimen especial de derechos a la salud de los menores de edad, facilita el acceso a medidas judiciales, tales como el juicio de amparo, en caso que las autoridades sean omisas en proveer y cumplir con sus obligaciones.

P.D. No puedo irme sin expresar mis condolencias a la familia Graham Nieto y Nieto Contreras, por la reciente pérdida de Marisela. Siempre la recordaré por la fortaleza, temple y valentía con la que enfrentó la adversidad, pero también, por el coraje con el que plantó cara a los cobardes, que, desde el poder, quisieron dañar a su familia. Mi abrazo solidario para todos ustedes, Luis Felipe, Juan José y Daniel.

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