Twitter, Donald Trump…. ¿y tú?

Twitter, Donald Trump…. ¿y tú?
Foto: AP

Por Enrique Pons Franco

Twitter bloqueó la cuenta del presidente saliente de los Estados Unidos, Donald Trump, primero de forma temporal y el viernes pasado, de forma permanente. Para la empresa, el mandatario incumplió sus políticas al incitar a la violencia, más que para tener un contacto directo con la población, siendo que se trata del líder de una de las naciones más poderosas del mundo.

Político que se precie actualmente de serlo está obligado a tener redes sociales, y sobre todo, una cuenta de Twitter. Por ello, diputados, senadores, alcaldes, gobernadores, presidentes, secretarios de estado, candidatos, precandidatos y hasta aspirantes, hacen uso de dicha red social para comunicarse, estar en contacto con sus seguidores y también, para informar sobre las actividades que realizan como servidores públicos. Pero, ¿qué pasa cuando alguno de estos personajes en lugar de cumplir con la obligación de informar, la usan para pretender ejercer una falsa “libertad de expresión”, o peor aún, generar la violencia? Es aquí cuando Twitter y el derecho se encuentran.

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Ahora, debo decirte que ninguna ley obliga a estos personajes a tener una cuenta en la red social Twitter. Sin embargo, cuando deciden comunicarse con la ciudadanía a través de ese medio electrónico, al compartir en su cuenta personal información inherente al desempeño de su encargo, es evidente que voluntariamente asumen las consecuencias (legales, políticas y de uso), ante la calidad de lo que informan.

Debemos tener claro que cuando un político en funciones de servidor público utiliza redes sociales no lo hace para ejercer la libertad de expresión. Ese es un derecho pleno y absoluto que te corresponde a ti como ciudadano y no al gobierno. En esta ecuación jurídica, los políticos se encuentran del otro lado de la acera, pues, en cualquier caso, están cumpliendo con una obligación relacionada informar lo que hacen.

Dicho de otro modo, el gobierno no tiene garantizado el derecho a libertad de expresión (a decir lo que piensa). Lo que tiene es la obligación de informar, bajo algo que se denomina en el caso de México, como comunicación social, de hecho, existe una ley poco conocida y observada que se llama Ley General de Comunicación Social.

Te debes preguntar ahora: ¿entonces cómo debe informar el gobierno? En teoría debiera ser muy sencillo. Básicamente debería hacerlo obedeciendo a principios tales como transparencia, máxima publicidad, objetividad, imparcialidad, institucionalidad, veracidad, y sobre todo, sin tratar de influir o intervenir en temas electorales.

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Lo sucedido en el caso de Donald Trump debe ser tomado con seriedad por todos los políticos y lideres mundiales. Cualquiera que se encuentre en ejercicio de un cargo público, utilizando una red social de alcance global, y por su relación con los “asuntos públicos”, se encuentra sujeto a un control mayor en cuanto a su actuar, que aquellos que no estamos en el ejercicio del poder. Por tanto, si un político decide utilizar sus redes sociales para comunicarse e interactuar contigo a través de la publicación de información inherente a las acciones tomadas en ejercicio de su cargo público, es evidente que asume la responsabilidad de garantizar los principios que te mencioné antes.

Incluso, en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha comenzado a construir una doctrina que equipara los actos que ejercen los políticos por medio de Twitter, a los de un acto de autoridad, cuando te bloquean, por ejemplo. Lo anterior, porque vulnera tus derechos a la información (porque no puedes leer lo que informa), y a tu libertad de expresión (porque ese bloqueo digital aísla al servidor público de conocer lo que manifiestas).

Por ahora, lo dejamos hasta allí, como siempre, muchas gracias por leerme. Mientras llega la próxima semana, te espero en Twitter como @enrique_pons y en Facebook como Enrique Pons Franco.

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