Tabasco, la inundación y mi casa… ¿A quién le reclamo?

Tabasco, la inundación y mi casa... ¿A quién le reclamo?
Foto: EFE

Por Enrique Pons Franco

Desde que te tengo memoria, mi natal Tabasco ha sufrido los embates de la naturaleza, sino fue por agua, ha sido hasta por volcanes. Quienes nacimos a finales de los 70’s y crecimos allí, vivimos las inundaciones de 1980, 1995, 1999 y por su puesto la más grave del 2007, sin dejar de contar las de 2010, 2011 y ahora, la del 2020. En 1982 también nos tocó la erupción del volcán Chichonal, que, desde Chiapas, nos arrojó gran cantidad de ceniza.

Ver estos fenómenos bajo la mirada de las leyes me inspira hoy a escribir estas líneas; eso, y también, dar respuestas a quienes por redes sociales me preguntan ¿A quién le reclamo? ¿Quién me responde por los daños a mi casa, a mi carro, a mi sala?

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Vamos por partes. Si fuiste de quienes tuvieron la oportunidad y capacidad previsora de contar con un seguro, creo que la respuesta es obvia. No obstante, si estás pagando un crédito hipotecario lo más probable es que cuentes con algún tipo de cobertura. Antes de hacer cualquier otra cosa, consulta con tu banco.

No todos tienen la capacidad para adquirir un seguro, o teniéndola, no lo hacen. Según datos de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, solamente el 6% de las viviendas están aseguradas en México. Eso nos lleva entonces al otro escenario. Al que están viviendo hoy miles de tabasqueños a causa del agua que llegó a las puertas de sus casas, y en horas, volvieron a perder su patrimonio.

Parece que poco importa si fue por la lluvia, por la laguna, por el río, por la presa, por la CFE, por la Conagua, por el cárcamo, por el drenaje, o por todas las anteriores. La gente quiere respuestas, y con justa razón.

Las afectaciones que sufriste en tu casa y en general, en tus cosas, son responsabilidad de alguien, sí ¿Pero de quién? Antes de llegar a esa respuesta debo decirte que gracias a la doctrina internacional que ha venido construyendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es posible atribuirle la responsabilidad al gobierno, cuando sin lugar a duda podemos probar que tiene la obligación de tomar medidas para evitar un daño ya sea sobre la vida e integridad de las personas, o en sus bienes, como pasa con las inundaciones.

Hace muy poco la CIDH resolvió el caso de los empleados de la fábrica de fuegos en Santo Antônio de Jesus Vs. Brasil (Aquí puedes leer la sentencia) y determinó que los gobiernos tienen el deber de regular, supervisar y fiscalizar situaciones peligrosas, que implican riesgos significativos para la vida e integridad de las personas sometidas a su jurisdicción, como medida para proteger y preservar estos derechos.

Si en el caso de las inundaciones, el gobierno falló en revisar y prever dichas situaciones antes que se generaran los daños en la vida y la integridad de los ciudadanos en Tabasco, es claro que existe una responsabilidad.

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También en 2017, la CIDH, al resolver el caso Plan de Sánchez Vs. Guatemala (aquí la sentencia) resolvió que la ausencia de desarrollo de sistemas para el desalojo del agua, puede constituir una violación a los derechos humanos, pues el manejo del agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos.

Por disposición del artículo 115, fracción III, inciso a) de la Constitución Federal, al municipio le corresponde de forma exclusiva el manejo del agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales. Si tu casa se inundó por el deficiente cumplimiento de esa responsabilidad, ahora sabes a quién le toca enfrentar ese tramo.

En Tabasco se cuenta con una Ley de Justicia Administrativa (aquí la puedes leer) y dispone, en su artículo 37, que los particulares podemos reclamar, por medio del juicio contencioso administrativo en la vía ordinaria, los perjuicios producidos por las autoridades locales. Esa es una vía que puede funcionar. Por supuesto que no será fácil, pero ¿qué más puedes perder por intentarlo?.

Claro, también puede ser que los daños producidos en tu vivienda por la inundación los haya causado una autoridad de orden local o federal, pero de eso de hablaré en la siguiente columna, y también de los fondos que todavía existen en el orden estatal para cubrir esos daños.

Mientras, te espero en twitter como @enrique_pons y en Facebook como Enrique Pons Franco. Nos leemos la próxima.

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