La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el recurso de reclamación que presentaron Morena y el Partido del Trabajo para que los ministros no analicen la constitucionalidad de la sobrerrepresentación legislativa.
Por unanimidad de votos, los ministros de la Primera Sala aprobaron el proyecto del ministro Jorge Pardo Rebolledo, que propuso declarar infundada la reclamación de los partidos.
En agosto del año pasado, el Partido Acción Nacional (PAN) solicitó que la SCJN analizara una contradicción de criterios entre lo dictado por el máximo tribunal y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
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Con la denuncia de contradicción de criterios, la oposición buscó evitar que la autoridad electoral fallara a favor de dar la mayoría calificada a la coalición conformada por Morena, PT y Verde a través de la asignación de senadores y diputados plurinominales.
El partido blanquiazul solicitó que se analizara una sentencia que emitió la Suprema Corte en 1998 y otra por el Tribunal Electoral en 2018 y un recurso de apelación en 2023.
La denuncia de contradicción de criterios fue aceptada por la Corte y fue turnada a la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, cuya decisión fue confirmado por la Primera Sala este miércoles y se rechazó el recurso de reclamación que presentaron Morena y el PT para evitar que el alto tribunal analice las sentencias que tienen criterios contrarios entre sí.
En 1998, Andrés Manuel López Obrador, entonces dirigente del Partido de la Revolución Democrática, promovió una acción de inconstitucionalidad en contra de una ley electoral de Quintana Roo para evitar la sobrerrepresentación de partidos mediante la asignación de diputaciones plurinominales.
La SCJN resolvió en ese entonces que las reglas de asignación de diputaciones plurinominales que otorgan sobrerrepresentación son contrarias al principio de proporcionalidad, por lo que los partidos deben tener representación en el Congreso conforme a la votación que hayan obtenido.
El 27 de agosto del año pasado, y antes de suspender la sesión del pleno de la Corte en solidaridad con las protestas de trabajadores del Poder Judicial en contra de la reforma judicial, el ministro González Alcántara Carrancá señaló que se tomaría el tiempo necesario para proponer un proyecto sobre la contradicción de criterios denunciada por el PAN y aclaró que su resolución no podía tener efectos retroactivos para evitar la mayoría calificada que finalmente le entregó el TEPJF a la coalición electoral que encabezó Morena.