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La 4T usa estudios obsoletos de Hacienda y CEFP para fundamentar su reforma judicial
Sábado 17 de Agosto de 2024
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La 4T usa estudios obsoletos de Hacienda y CEFP para fundamentar su reforma judicial

Los estudios, elaborados hace meses, no toman en cuenta las posteriores modificaciones que se han hecho al dictamen de la reforma judicial y que contempla dos procesos electorales de jueces

Créditos: Cuartoscuro
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La Secretaría de Gobernación instruyó a los coordinadores de Morena y aliados en la Cámara de Diputados a entregar estudios elaborados en febrero y marzo de este año sobre la reforma judicial, que coinciden en que “no genera impacto presupuestario”.

Los oficios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) fueron enviados a las 6:10 de la tarde del viernes pasado junto con la iniciativa presidencial a todos los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales.

Por ello, dichos estudios no consideran en su análisis más de 100 agregados y cambios que se hicieron al proyecto en los últimos siete días con propuestas que se hicieron en los nueve diálogos sobre la reforma judicial.

El oficio número 416/DGPyPA/2024 de la SHCP fue enviado el 2 de febrero de este año por Omar Antonio Nicolás Ornelas, director general de Programación y Presupuesto de esa dependencia, a Berenice Martínez Mejía, titular de la Unidad Jurídica de Egresos, es decir, tres días antes de que el Ejecutivo federal enviara a la Cámara de Diputados su iniciativa.

Ildefonso Morales Velázquez, director general del CEFP de la Cámara de Diputados, envió el documento a Juan Ramiro Robledo Ruiz, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el 15 de marzo de 2024, hace cinco meses.

De acuerdo al documento, Robledo Ruiz tardó más de un mes en solicitar una valoración de la reforma judicial, ya que lo hizo el 6 de marzo pasado.

En su análisis, el CEFP menciona que la elección de ministros, jueces y magistrados, “aprovecha la celebración de las elecciones ordinarias, mismas que ya se contemplan en la normatividad aplicable”.

Este viernes, Ignacio Mier Velazco dijo que los integrantes del Poder Judicial se renovarán en dos elecciones, siendo una extraordinaria en junio de 2025, a la que no hace referencia, y la ordinaria hasta el 2027.

Además, el CEFP indica en marzo pasado que “se podría requerir la impresión de las boletas, urnas especiales, y las campañas de los candidatos para que los reconozca la población, lo que podría resultar en un impacto presupuestario”.

Cabe destacar que la iniciativa no prevé asignar prerrogativas a los aspirantes.

Otra erogación que el CEFP determina que no puede cuantificar es en cuánto disminuirán los ingresos de los órganos de justicia por “la suspensión de una norma que sea planteada por controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad”.

“Dicho monto no sería posible determinar, ya que está en función del acto que se suspende la cantidad de dinero fijada por garantía y del número de garantías que se dejen de fijar”, explica el estudio.

El análisis del CEFP, de 15 páginas, considera que “si bien algunos aspectos de la Iniciativa generan gastos como los procesos electorales de los ministros, se compensa con los ahorros esperados”.

Entre los ahorros esperados, está la eliminación del “haber de retiro” a los ministros de la SCJN al final de su gestión, y la reforma que prohíbe a cualquier funcionario tener un sueldo mayor que el presidente.

“Además, el Poder Judicial de la Federación posee 14 fideicomisos que en su conjunto tienen un saldo al 31 de diciembre de 2023 de 22 mil 780 millones 972 mil 562 pesos”, que se prevé pasen a la Federación.

El CEFP resalta además que el sexto transitorio de la Iniciativa señala “que en el periodo de transición, el Consejo de la Judicatura Federal implementará un plan de trabajo para la transferencia de recursos del ente que se propone sustituir hacia los de nueva creación”.

En cuanto a la SHCP, su estudio de dos cuartillas y media retoma las conclusiones de la Secretaría de Gobernación, en el sentido de que en el proyecto “no hay erogación alguna distinta a las ya programadas para la ejecución de sus atribuciones”.

“La Segob expresa que el proyecto no considera disposiciones de carácter general que inciden en la regulación en materia presupuestaria”, replica la SHCP.