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SCJN confirma la suspensión del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
Martes 12 de Noviembre de 2024

SCJN confirma la suspensión del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

Escrito en MÉXICO el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó reiterar la suspensión del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), por tiempo indefinido.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la Corte ratificó la suspensión dictada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, el 11 de junio, cuando se absolvió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de implementar el Panaut.

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Este miércoles, la SCJN resolvió declarar infundado el recurso de reclamación 61/2021-CA, promovido por el Ejecutivo Federal contra la suspensión otorgada al IFT en la controversia constitucional 71/2021.

El Panaut permanecerá suspendido, como determinó la ministra Piña Hernández. Esto detiene el primer párrafo del artículo segundo transitorio del Decreto que creó el padrón.

En junio, la International Chamber of Commerce Mexico (ICC México) consideró que el Panaut es una herramienta innecesaria que causará un gasto excesivo de recursos porque los consumidores acudieron y acudirán a tramitar juicios de amparo para evitar dar sus datos biométricos a las compañías telefónicas.

"La creación del Panaut ha causado y causará un enorme dispendio de recursos públicos porque es previsible que una cantidad relevante (de consumidores) acuda al juicio de amparo y, con ello, se recargue la tarea jurisdiccional que, de por sí, tiene una importante carga para resolver éste y otros temas de trascendencia nacional", explicó la organización.

¿Qué es el Panaut?

La creación del Padrón está dentro de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que entraron en vigor el pasado 17 de abril.

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Según esa modificación, todos los usuarios de telefonía móvil estarán obligados a entregar sus datos biométricos y personales, así como identificaciones oficiales con fotografía a las compañías telefónicas. Estas, a su vez, deberán proporcionar toda esa información al IFT, que será el órgano encargado de instalar, operar, regular y mantener este padrón.

En caso de no entregar esta información, los usuarios perderán el registro de su línea telefónica.