Suprema Corte ampara a comunidad rarámuri en Chihuahua contra dos concesiones de agua otorgadas a una minera

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le otorgó un amparo a una comunidad indígena en Chihuahua que reclamó el otorgamiento de dos concesiones para el uso de agua en el río Fuerte.

El asunto deriva de un decreto que deroga el establecimiento de zona de reserva de agua a la cuenca hidrológica río Fuerte y que en consecuencia a la modificación, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) otorgó dos títulos de concesión a la empresa Minera Fresnillo, S.A. de C.V.

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La comunidad rarámuri reclamó este acto porque consideró que la decisión transgredía los derechos de consulta previa, libre e informada; participación ciudadana, y acceso a la justicia. 

En un inicio, un juez de distrito en Chihuahua consideró que el quejoso no tenía interés jurídico porque las concesiones no le afectaban al territorio que ocupa la comunidad indígena. 

Sin embargo, la comunidad impugnó esta decisión ante la Suprema Corte y el asunto fue analizado por la Primera Sala; está identificado como el amparo en revisión 709/2023 y fue avalado por unanimidad.

El asunto fue turnado a la ministra Margarita Ríos Farjat y en su proyecto planteó revocar la sentencia del juez, además consideró infundados los argumentos presentados por la empresa minera, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el presidente de la República. 

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La Primera Sala determinó que el decreto y las concesiones afectan de manera directa a la comunidad indígena y el Ejecutivo federal debía consultarles previamente, pero no lo hizo.

“En ese entendido, lo procedente es invalidar tanto el decreto como las concesiones reclamadas para el efecto de que las autoridades responsables realicen la consulta previa correspondiente”, se lee en el proyecto

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