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Tribunal ordena al INE volver a revisar si giras de “corcholatas” son actos anticipados de campaña

Corcholatas-recorridos
Foto: Especial

Por Jorge Monroy

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que analice nuevamente si las giras de las “corcholatas” de Morena violentan la equidad de las contiendas electorales y si es necesario ordenar su suspensión.

En sesión privada, la Sala Superior del Tribunal revocó, por mayoría de votos, el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que rechazó las medidas cautelares solicitadas por el diputado Jorge Álvarez Máynez en contra de los aspirantes a la candidatura a la presidencia por Morena.

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El PAN y Jorge Álvarez Máynez denunciaron a las llamadas “corcholatas” del gobierno, Claudia Sheinbaum, Adán Augusto López, Marcelo Ebrard, Ricardo Monreal, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña debido a las giras que realizan por todo el país, hechos que a su juicio son actos anticipados de precampaña y campaña.

La Comisión del NE rechazó las medidas bajo el argumento de que los eventos y recorridos relacionados con el acuerdo de Morena para elegir a quien será su coordinador eran válidos, pero tanto el PAN como Álvarez Máynez impugnaron ante la Sala Superior.

En sesión privada de pleno, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, con los votos en contra de la magistrada Janine Otálora Malassis y del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE no cumplió con su deber de realizar un análisis preliminar de los hechos denunciados de manera individualizada para cada persona involucrada, a partir las pruebas ofrecidas por los denunciantes y las recabadas por la propia autoridad administrativa, a fin de establecer si se justificaba la adopción de medidas cautelares.

Por ello, el Tribunal ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias emitir un nuevo acuerdo en el que determine si los hechos denunciados violentan el principio de equidad en la contienda. De ser el caso, le instruyen a que dicte las medidas necesarias para detener los actos o hechos que podrían ser una infracción, con el propósito de evitar daños irreparables a los principios que rigen los procesos electorales.

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