Tribunal Electoral rechaza petición de Morena para hacer “guardadito” con remanentes de su financiamiento público

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Foto: Especial

Por Jorge Monroy

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que los partidos políticos puedan utilizar los remanentes de su financiamiento público ordinario, así como financiamiento privado, para procesos electorales futuros, como lo pretendía Morena.

Tras la publicación de la reforma legal en materia electoral, conocida como “Plan B”, que modificó la Ley general de partidos políticos, en relación con el manejo de los remanentes, Morena solicitó a la dirección ejecutiva de Prerrogativas y partidos políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) que la devolución de los remanentes se ajustara a los límites y lineamientos establecidos por dicha reforma.

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Además, Morena le informó al INE que, de acuerdo con la reforma, sus comités ejecutivos estatales y el comité ejecutivo nacional utilizarían los remanentes de los ejercicios 2018 a 2021 para el ejercicio fiscal 2023 y posteriores.

Sin embargo, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la aplicación del llamado “Plan B“, y luego la declaró inválida, el Consejo General del INE le respondió a Morena que los partidos políticos deben devolver los remanentes de acuerdo con la ley vigente, por lo que no es viable utilizarlos en ejercicios o procesos electorales posteriores.

En desacuerdo con la determinación anterior, Morena acudió ante la sala superior por lo que este miércoles el pleno del Tribunal Electoral confirmó la decisión del INE debido a que la solicitud de Morena había perdido sustento ante la declaración de invalidez de la reforma por parte de la Suprema Corte.

Además, consideró que la decisión impugnada estuvo debidamente fundada y motivada, fue congruente y exhaustiva, y que los remanentes anteriores a la reforma no se vieron afectados por su entrada en vigor.

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Esta resolución del Tribunal se sumó a otra que emitió el 1 de marzo de este año, cuando determinó que los partidos políticos no pueden crear fideicomisos con los remanentes del financiamiento público para actividades ordinarias como un ahorro para utilizarlos en precampañas y campañas de un proceso electoral futuro.

En la misma sesión, los magistrados de la sala superior revocaron una sanción que el INE impuso en mayo pasado al sindicato minero del senador Napoleón Gómez Urrutia, por la colocación ilegal de propaganda en 2018 en favor del hoy presidente Andrés Manuel López Obrador.

Con el voto mayoritario de los integrantes del pleno, salvo la magistrada Janine Otálora, el Tribunal determinó que la sanción de 48 mil 360 pesos que impuso el INE se aplicó del plazo legal aplicable, ya que debió resolverse el 15 febrero 2023 y se informó hasta el 15 de mayo.

El INE acreditó inicialmente la infracción consistente en la aportación en especie de dos lonas con propaganda electoral, en favor de Napoleón Gómez Urrutia y Andrés Manuel López Obrador, entonces candidatos a senador y presidente de la República colocadas en la sede del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, durante el proceso electoral federal 2017-2018. Por ello, el INE impuso en mayo una multa al sindicato, por los 48 mil 360 pesos.

La magistrada Mónica Soto, ponente del asunto, argumentó que el INE no aportó razones para su tardanza en la resolución del acto, y aseveró que las actuaciones que realizaron sus funcionarios no eran para requerir mayor información de la queja. “No encuentro un argumento que justifique por qué no hizo su trabajo la autoridad técnica en tiempo y forma”, sostuvo.

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