El concepto de propaganda gubernamental del plan B electoral no se puede aplicar a los comicios en Coahuila: Tribunal Electoral

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Captura: Twitter, Sala Regional Especializada

La Sala Regional Especializada del Tribunal del Poder judicial de la Federación (TEPJF) consideró este jueves que no se puede aplicar al actual proceso electoral de Coahuila la parte del plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador que determina el concepto de propaganda gubernamental.

En la sesión de este jueves, los magistrados resolvieron que esta interpretación, que permitía a funcionarios públicos hacer declaraciones sobre procesos electorales, ya fue invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Sala Superior del TEPJF.

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Cabe apuntar que los ministros de la Suprema Corte invalidaron el decreto que reinterpretaba el concepto de propaganda gubernamental establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Federal de Revocación de Mandato, y permitía a funcionarios públicos hacer declaraciones sobre procesos electorales.

Por su parte, la Sala Superior del TEPJF declaró en marzo de 2022 inaplicable, en la consulta de revocación de mandato, el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de marzo que reinterpreta el concepto de propaganda.

Así, los magistrados de la Sala Regional presentaron su resolución de este jueves a partir de una denuncia por actos anticipados de campaña por un mitin de Morena en junio del año pasado al que asistieron los aspirantes tanto de la candidatura presidencial como la de Coahuila.

El proyecto aprobado señala que este asunto no puede abordarse para el caso de Coahuila a partir de la Ley General de Comunicación Social, publicada el 27 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) puesto que no fue publicado 90 días antes del proceso electoral de dicha entidad que comenzó el pasado 1 de enero.

Y en el caso de la elección federal, los magistrados puntualizaron que la Suprema Corte y la Sala Superior del TEPJF ya se posicionaron al respecto, que lo han considerado inválido e inaplicable.

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El magistrado Luis Espíndola destacó que esta es la primera ocasión que la Sala Regional Especializada se pronuncia sobre la propaganda gubernamental que contempla la Ley de Comunicación Social recientemente publicada.

“Si bien es derecho vigente, no se puede ampliar para los plazos de la elección en Coahuila, por eso es imposible aplicarla, pues las leyes electorales deben publicarse 90 días antes”, explicó.

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