La Corte admite a trámite la acción de inconstitucionalidad contra la incorporación de la Guardia Nacional a la Sedena

Suprema Corte admite a trámite la acción de inconstitucionalidad contra la incorporación de la Guardia Nacional a la Sedena
Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición en contra de la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El 24 de octubre, el pleno de la Corte notificó que se admitió a trámite el recurso legal, bajo el expediente 137/2022, que busca declarar la invalidez del decreto, publicado el 9 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por el cual se traspasó el mando de la Guardia Nacional a las Fuerzas Armadas. 

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La acción de inconstitucionalidad es promovida por senadores de oposición, quienes votaron en contra de modificar la operatividad de la Guardia Nacional, que nació como un cuerpo civil a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Los senadores designaron como representantes de la demanda a Julen Rementería del PAN, Miguel Ángel Mancera del PRD, Miguel Ángel Osorio Chong del PRI, Clemente Castañeda de Movimiento Ciudadano y Emilio Álvarez Icaza del Grupo Plural.

La Corte advirtió que algunos senadores que promovieron el juicio no presentaron su documentación completa y les pidió entregarla. 

La acción de inconstitucionalidad admitida por la Corte se suma a un amparo que promovió la organización Uniendo Caminos México contra el decreto y que ya fue frenado de forma indefinida.

Karla María Macías Lovera, jueza novena de Distrito, con sede en Guanajuato, concedió la suspensión definitiva del decreto y ordenó que la Guardia Nacional permanezca bajo el mando de la SSPC.

“Esta suspensión no causa perjuicio al interés social ni al orden público, porque no se obstaculizan las funciones de la Guardia Nacional para llevar a cabo la función de seguridad pública, pues sólo continuará bajo el mando civil, tal como establece la Constitución”, señaló la jueza.

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Además, consideró que el artículo 21 constitucional establece que las instituciones de seguridad serán de carácter civil, por lo cual, a su juicio “ existe una prohibición de normalizar la participación de las Fuerzas Armadas en cuestiones de seguridad ciudadana”.

El decreto fue impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y los legisladores de Morena lograron que fuera aprobado por el Congreso.

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