Jueza frena la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena y ordena que permanezca bajo el mando de la SSPC

Jueza frena el decreto que transfiere el control de la Guardia Nacional a la Sedena y ordena devolver el mando a la SSPC
Foto: Cuartoscuro

Una jueza federal suspendió de manera indefinida el decreto por el que se transfiere el control de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y ordenó que el cuerpo civil permanezca bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Karla María Macías Lovera, jueza novena de Distrito, con sede en Guanajuato, concedió la suspensión definitiva a Uniendo Caminos México, organización que promovió un amparo para frenar el decreto, según el acuerdo publicado este lunes en el Consejo de la Judicatura Federal. 

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Con la suspensión definitiva, la jueza ordenó que no se transfiera el control de la Guardia Nacional a la Sedena y permanezca bajo el mando de la SSPC, así como también que las secretarías implicadas suspendan de inmediato la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales que establecía el decreto. 

“Esta suspensión no causa perjuicio al interés social ni al orden público, porque no se obstaculizan las funciones de la Guardia Nacional para llevar a cabo la función de seguridad pública, pues sólo continuará bajo el mando civil, tal como establece la Constitución”, señaló la jueza.

Con la resolución, las autoridades federales tienen tres días para cumplir con las órdenes de la jueza a partir del siguiente día de ser notificados, en caso de no hacerlo, podrían ser multados con 9 mil 622 pesos o enfrentar una pena de hasta nueve años de prisión.

En su demanda de amparo, la organización argumentó que el decreto al establecer que la Guardia Nacional este a sujeción del mando militar inhibe el ejercicio de derechos esenciales en una democracia, como la libertad personal, dado que los militares carecen de formación o adiestramiento para llevar a cabo tareas de seguridad pública. 

En tanto, la jueza consideró que la entrada en vigor del decreto por sí solo amedrenta los derechos alegados por la organización, dado que el ejercicio del uso de la fuerza, el armamento y el equipo empleado por la Sedena son distintos a los que usan las corporaciones civiles en tareas de seguridad, de acuerdo con el expediente 1161/2021.

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Además, recordó que el artículo 21 constitucional establece que las instituciones de seguridad serán de carácter civil, por lo cual, a su juicio “ existe una prohibición de normalizar la participación de las Fuerzas Armadas en cuestiones de seguridad ciudadana”.

La jueza programó para el próximo 7 de noviembre la audiencia constitucional del caso.

El decreto que fue frenado de forma indefinida fue impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y los legisladores de Morena lograron que fuera aprobado por el Congreso.

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