Reclamos por no vacunar a médicos privados contra la Covid deben abordarse de oficio: Suprema Corte

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Foto: Cuartoscuro

Luego de dos años del inicio de la pandemia de la Covid-19, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que las reclamaciones por no aplicarles la vacuna contra el virus a los médicos privados deberán ser abordadas de oficio, pues son parte del Sistema Nacional de Salud. 

“Al no estar vacunados, los médicos prestan sus servicios sin la protección inmunológica necesaria para disminuir las posibilidades de contagio o evitar desarrollar formas graves de la enfermedad”, argumentó la Corte. 

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La Corte determinó que la aplicación de vacunas y refuerzos contra la Covid-19 debe priorizarse tanto en el sector salud público y como en el privado.

Señaló que en caso de que no se aplique la vacuna a los médicos privados, se estaría cometiendo un acto violatorio a la dignidad humana por ser discriminados ante sus pares en el sector público.

Y determinó que las reclamaciones por la omisión en la aplicación de la vacuna a médicos privados que se encuentren en la primera línea de atención de pacientes infectados deberán ser abordadas de oficio y plano, y se le concederá la medida cautelar. 

No aplicar las vacunas contra la Covid-19 también afecta tanto la sociedad como al Estado, que se vería imposibilitado para garantizar el derecho a la salud y la vida, según lo que estableció la Segunda Sala. 

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“La omisión de vacunar contra el virus SARS-CoV-2 a médicos del sector privado en las mismas condiciones y tiempos que a sus iguales del sector público se ubica en el supuesto del artículo 126 de la Ley de Amparo, porque conlleva peligro de contagio y, en consecuencia, de pérdida de la vida por la prolongada exposición directa a altas cargas virales”, aseguró la Sala. 

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