Factureras, “huachicol” y el SAT en 2022

Factureras, “huachicol” y el SAT en 2022
Foto: Cuartoscuro

Por Enrique Pons Franco

El gobierno federal inició desde principios del 2019 un combate frontal al denominado “huachicol”, es decir, al robo de hidrocarburos. Si bien sus acciones no estuvieron exentas de críticas por su aparente falta de estrategia (a casi todos nos tocó hacer una fila para cargar gasolina en ese año), eso no quiere decir que, con el tiempo, no se haya intentado mejorarla, y para ello ahora se apoyarán en reformas legales que pasan por lo fiscal, y que para el 2022 modificarán el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), para darle mayores herramientas al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Por un lado, se busca reforzar el combate a las prácticas relacionadas con dar efectos fiscales a la compra y venta de combustible, por medio de EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) y EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas); y por otro, combatir el ingreso a México de combustibles importados que no pagan los impuestos que corresponden porque los clasifican con otra categoría o clase, así como, criminalizar la compra o venta de combustible a empresas que no cuentan con los permisos correspondientes o que venden más de lo que compran. De eso te cuento hoy.

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Con las reformas al CFF, se reforzarán los mecanismos de control volumétrico de los expendedores de hidrocarburos, pues ahora, dichos reportes formarán parte de la contabilidad, lo que hasta hoy no sucede. También, si se detecta que el contribuyente recibe más de lo que le facturan como compra o lo que importa; que los expendedores entregan más litros de los que factura como venta; que facturan más de lo que puede vender; o que recibió más de lo que vendió considerando la capacidad útil de los tanques y sus existencias, tendrán serías consecuencias legales.

Por ejemplo, se propone reformar el CFF, con la finalidad de sancionar penalmente a aquellos contribuyentes que con motivo de su actividad en materia de hidrocarburos y petrolíferos, no cuentan con controles volumétricos de esos productos o los programas informáticos para su operación, y que también, contado con ellos, los alteren, inutilicen o destruyan. Pero no para allí. 

Con la modificación propuesta al CFF, dar efectos legales a los comprobantes fiscales emitidos por empresas que realizan operaciones simuladas con la adquisición de combustibles, tendrá una pena de prisión de 3 a 8 años. Lo anterior, con la finalidad de atacar la adquisición de combustible de procedencia ilícita, Dicho de otra forma, comprar una factura que ampare la compraventa de una operación simulada de gasolina o diésel, será sancionada directamente con cárcel. Además, se propone la adición de tres tipos penales relacionados con la adquisición de combustible ilícito, que alcanzarán de 6 a 12 años de prisión, pues al realizar auditorías, el SAT ha detectado discrepancias entre los volúmenes adquiridos de proveedores y los vendidos al público en general, asimismo, entre las ventas y los litros recibidos en sus instalaciones.

Por último, también debo decirte que se propone reformar la LISR, a efecto de añadir a los requisitos de deducibilidad de hidrocarburos, el declarar la información del permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía o la Secretaría de Energía al proveedor del combustible. Esto, para inhibir la realización de actos ilícitos, dado que el requisito de deducibilidad estará sujeto a que el permiso declarado se encuentre vigente y no esté suspendido. Dicho de otra forma, ahora cuando carguemos gasolina para nuestros carros y pretendamos deducir dicho gasto, deberemos estar muy atentos a verificar que los permisos de la estación de servicio para vender combustible estén vigentes al momento de la compra, pues de lo contrario, podemos enfrentar una consecuencia legal.

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Por hoy, ha sido todo, te espero en twitter como @enrique_pons y en mi página oficial de Facebook https://www.facebook.com/Enriqueponsfranco. Nos leemos la próxima semana. 

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