El SAT y tus “depósitos chiquitos”: ¡Aguas!

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Foto: Cuartoscuro

Por Enrique Pons Franco

En las últimas dos semanas te he venido contando parte de las novedades fiscales que nos depara el 2022, particularmente el combate a las denominadas “factureras”. Sin embargo, y aunque gran parte de las novedades van en ese sentido, hay otros aspectos que debo presentarte y que servirán de contexto para el tema que abordaré hoy.

El gobierno federal espera recibir, por concepto de impuestos, mucho dinero para el año próximo. De hecho, mucho más que el año pasado. Por ejemplo, la recaudación esperada de Impuesto al Valor Agregado (IVA) es de un billón 213 mil millones de pesos, y de Impuesto sobre la Renta (ISR) esperan obtener dos billones 73 mil millones de pesos, lo que representa un incremento del 24% y 8.6% frente al 2021, respectivamente. El estimado global de recaudación de todos los impuestos para el próximo año es de 11% más que durante este año.

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Pero, ¿cómo espera ganar más dinero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) si no ha incrementado los impuestos?

Bueno, como te he venido diciendo, se ha endurecido el combate a las prácticas fiscales de compra y venta de facturas, además de proponer para el 2022 un nuevo modelo fiscal, denominado “de confianza”, pero además, fortaleciendo la fiscalización de los depósitos en efectivo, algo que comúnmente la gente piensa que, si son pagos pequeños, “no pagan impuestos”: una idea bastante extendida entre la población.

En principio, debes saber que, por regla general -y salvo contadas excepciones-, la Ley del ISR, cuando se trata de obtención de ingresos, lo que exenta de su pago son los conceptos, y no las cantidades. Por ejemplo, los ingresos obtenidos por el pago de una indemnización por daños están libres de impuesto, sin importar su monto. 

Aclarado lo anterior, dentro de los 200 artículos que se proponen modificar dentro de las leyes fiscales, específica y seguramente se reformará por el Congreso de la Unión el artículo 55, fracción IV, de la Ley del ISR.

Actualmente, el artículo 55 de la LISR dispone que las instituciones que componen el sistema financiero mexicano tienen entre otras obligaciones, la de proporcionar anualmente y a más tardar el 15 de febrero de cada año, la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular, exceda de 15 mil pesos.

Dicho de otra forma, el SAT hoy se entera de los depósitos, pero de forma anual. No obstante lo anterior, mediante algo que se conoce como Resolución miscelánea fiscal” (reglas administrativas que puede emitir el gobierno para que acatemos de forma más fácil las leyes fiscales) le dejó a los bancos para el 2021 la decisión de cumplir con dicha obligación, si presentaba la información de manera mensual. Es decir, el cumplimiento mensual era optativo. 

Con la reforma que aprobará el Congreso de la Unión en las siguientes semanas, la entrega de la información al SAT, cuando se trate de depósitos que excedan los 15 mil pesos, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja (sin importar el monto), deberá hacerse a más tardar el día 17 de cada mes.

La intención es clara, como se plasma en el punto 10.2 de la exposición de motivos de la iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal: “contar con información oportuna para apoyar las facultades fiscalización” de las autoridades fiscales, lo que evidentemente se traducirá en una recaudación más amplía de impuestos. Sin lugar a dudas, de allí saldrá parte del incremento en los ingresos fiscales del gobierno federal.

Como podrás apreciar, las reformas al marco fiscal para el 2022 nos van a impactar a todos, de una forma o de otra. Así que, si eres de los que te hicieron pensar que los depósitos chiquitos no los veía el SAT, no obstante que estabas equivocado, ahora estarás más vigilado, por lo que si eres persona física, probablemente te convenga incorporarte a la formalidad fiscal mediante el denominado régimen de confianza.

Por hoy, ha sido todo, te espero en Twitter como @enrique_pons y en Facebook como Enrique Pons Franco. Nos leemos la próxima semana. 

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