Corte concede amparo para declarar inconstitucional la ley General de Comunicación Social de 2018

Corte concede amparo contra la Ley General de Comunicación Social, conocida como “Ley Chayote”
FOTO: Captura de video.

Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidieron por unanimidad conceder un amparo para declarar inconstitucional la Ley General de Comunicación Social de 2018, al considerar que existe una omisión por parte del Congreso para emitir los lineamientos a los que debe estar sujeto el gasto en comunicación social gubernamental.

La Corte determinó que toca al Congreso de la Unión, y no a la “Secretaría Administradora” –una instancia administrativa– establecida en el último párrafo del artículo 5º de la Ley General de Comunicación Social, la delimitación del entramado normativo de los principios aplicables al ejercicio del gasto en comunicación social.

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Tras la decisión de los ministros de la SCJN, el Congreso de la Unión deberá expedir la ley reglamentaria de la Ley General de Comunicación Social antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones del primer año de la LXV Legislatura, que inició funciones el pasado 1 de septiembre.

El amparo fue concedido a la organización civil Artículo 19, que promueve la libertad de expresión. La asociación reclamó la omisión legislativa consistente en la falta de expedición de la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, que dispone, entre otras cosas, la propaganda gubernamental deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, y que ésta no debe incluir promoción personalizada de cualquier servidor público.

“El caso surgió de un amparo promovido por una sociedad civil a quien se le reconoció interés legítimo para impugnar la Ley General de Comunicación Social, en virtud de que su objeto social está vinculado con la defensa de los derechos de libertad de expresión e información”, manifestó la SCJN en un comunicado.

La Ley General de Comunicación Social promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto el 11 de mayo de 2018 –también conocida como “Ley Chayote”–, reglamenta el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, establece que el gasto del gobierno en publicidad debe observar los criterios de eficiencia, economía, transparencia y honradez, respetando topes presupuestales específicos.

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El dictamen de la “Ley Chayote” fue aprobado en el Senado de la República, con lo que dio cumplimiento a una sentencia de la SCJN que, en noviembre de 2017, determinó que la omisión legislativa para emitir esta norma violaba la libertad de expresión, de prensa y de información.

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