Aprueban en Edomex la “Ley Ingrid” que castiga la difusión de imágenes de cuerpos de víctimas de crímenes

Edomex aprueba "Ley Ingrid", que castiga a quienes difunden imágenes de cadáveres de víctimas
El Congreso del Estado de México avaló la norma. FOTO: Shutterstock.

El Congreso del Estado de México aprobó la “Ley Ingrid” que busca sancionar, con penas de hasta nueve años de prisión, a quien por cualquier medio de comunicación difunda imágenes, audios, videos o documentos que contengan los cuerpos de las víctimas de crímenes y que estén bajo resguardo de una investigación penal.

El pleno del Congreso estatal determinó aprobar la reforma del Código Penal del Estado de México en materia de difusión de información relacionada con cadáveres.

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“Estaríamos actuando de una forma congruente tutelando la dignidad humana de las personas durante y después de la vida, que está reconocido por nuestra Carta Magna y que debe ser protegida”, recomendó desde la tribuna la diputada Araceli Casasola, una de quienes propuso algunas de las diversas reformas al Código Penal de la entidad.

La “Ley Ingrid” fue denominada de esta forma tras el caso de las difusión en medios de las imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla en febrero de 2020 mientras se realizaban las investigaciones sobre su asesinato, situación que generó la revictimización y críticas por la falta de sensibilidad.

Diputados del PRD indicaron que esta norma fortalecería el sistema penal y que podría adoptarse en todo el país para preservar el derecho de las víctimas y erradicar este tipo de violencia cometido por personas que “pretenden lucrar con el dolor”.

“No se puede seguir lucrando con la dignidad y la integridad de las víctimas y sus familiares. La revictimización no puede volverse costumbre y ser sólo espectadores de lo que se comparte y difunde, se expone o se envía en cualquier medio“, destacó también la diputada de Morena, Beatriz García Villegas.

Las modificaciones aprobadas se refieren a los artículos 166 Ter y 353 del Código Penal; adicionó un artículo 166 Quater y se reformó en la denominación del Subtítulo Sexto del título Segundo del Libro Segundo y se adiciona un artículo 227 Bis. 

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Bajo la “Ley Ingrid“, la LX legislatura aprobó sancionar, con penas de tres a seis años de prisión, a quien comparta cualquier información sobre cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal.

El resolutivo estableció que, al tratarse de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, las penas previstas se incrementará hasta los nueve años.

Si el delito lo cometen personas servidoras públicas las penas se incrementarán hasta en una tercera parte, es decir se sumarán hasta dos años más a la pena que se imponga.

Ingrid Escamilla fue víctima de feminicidio en febrero de 2020, luego de que su pareja la apuñaló e intentó deshacerse de los restos. Erick Francisco “N” fue denunciado por sus vecinos por lo que fue arrestado por autoridades capitalinas. Sin embargo, el caso provocó indignación en México, ya que en redes sociales y medios de comunicación se difundieron fotografías del cuerpo de la mujer.

Diversas colectivas feministas realizaron marchas el año pasado en todo el país para exigir justicia por el feminicidio de Ingrid, además de protestar contra aquellos que fueron responsables de difundir las fotografías.

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