Segob publica protocolo adicional para búsqueda de menores desaparecidos

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Foto: Cuartoscuro

Este jueves, la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas aprueba un protocolo que busca hacer más eficiente y eficaz la búsqueda de menores desaparecidos.

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En el documento, la dependencia resaltó que de acuerdo al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), en México se tienen 11 mil 292 registros de menores de 18 años desaparecidos. Además, desde 2007 hasta el 28 de febrero de este año, se tienen registros de 60 mil 111 personas reportadas como desaparecidas o no localizadas cuando tenían entre 0 y 17 años. 

“Niñas, niños y adolescentes representan el 16.4% del total de personas desaparecidas”, precisa la publicación.

La Segob indicó que pese a la existencia de otros protocolos de búsqueda como la Alerta Amber y el Protocolo Alba, “emergen grandes retos relacionados a su aplicación, desde la capacidad real de búsqueda, hasta la falta de homologación del Protocolo Alba en todos los Estados”, por lo que es indispensable desarrollar una herramienta que permita coordinar y establecer una base homogénea respecto a la búsqueda de niñas, niños y adolescentes desaparecidos en México.

“El Protocolo Adicional incorpora necesidades expresadas tanto por las autoridades buscadoras, de acuerdo con la ley, como por las familias, al enfrentarse a la dura situación de una desaparición, e incluye los enfoques de derechos humanos y pedagogía con los más altos estándares internacionales en cuanto al reconocimiento y protección de las niñas, niños y adolescentes”, se lee en el documento.

El acuerdo, que forma parte del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desparecidas y No Localizadas, publicado el pasado 6 de octubre de 2020 en el DOF, también abre la discusión sobre las posibles hipótesis de los diferentes tipos de delitos de los que las niñas, niños y adolescentes pueden ser víctimas como son: la trata de personas, el homicidio, el feminicidio, así como sustracción, adopción ilegal o reclutamiento.

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De acuerdo con el Protocolo, la desaparición debe ser registrada sin contratiempos en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas por la autoridad que conoció el caso originalmente, y la plataforma deberá mantener siempre visible la edad del menor al momento de la desaparición, además de calcular la edad que tiene en el momento presente, para casos de larga data

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