Tu derecho a la marihuana

Marihuana
Foto: Shutterstock

Por Enrique Pons Franco

Preámbulo. Si esta publicación supera las 10 mil reacciones, la próxima semana te pondré al alcance una herramienta estratégica de la que te cuento más adelante.

Entrando en materia. Probablemente has escuchado o leído que el año pasado “la Suprema Corte dijo que ya es legal la marihuana en México”. Quitando algunos tecnicismos procesales, y para fines didácticos, podemos decir que es cierto; y hoy, te voy a decir cómo puedes hacer que también lo sea para ti.

Lee también: Tú, el buró de crédito y el SAT

Lo que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) más que legalizar el uso o consumo lúdico de la marihuana (es decir, usarla libremente), fue declarar como inconstitucionales los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud. Al Congreso le corresponde crear leyes y a la SCJN analizar si esas leyes se apegan al mandato constitucional y de los tratados internacionales.

¿Qué decían esos artículos? Nos prohíben el uso de la Cannabis Sativa para fines que no sean estrictamente médicos y científicos. Lo anterior entonces, restringe tu derecho a usar marihuana por libre elección; es decir, con fines puramente recreativos. Algo así como tomarte una cerveza.

La SCJN emitió una serie de jurisprudencias (aquí las puedes leer) en las que básicamente determinó que:

1) La prohibición absoluta del uso lúdico de la marihuana no es una medida proporcional para proteger la salud y el orden público.

2) La prohibición del uso lúdico de la marihuana provoca una afectación innecesaria y desproporcionada en tu derecho al libre desarrollo de la personalidad.

3) El derecho al libre desarrollo de la personalidad es esa libertad de acción que tenemos para hacer lo que consideremos lo más adecuado para nuestra vida, y por el derecho a tomar nuestras propias decisiones.

No te pierdas: Embargos y el SAT en el 2021. Segunda parte

Te preguntarás con justa razón: ¿sí ya la Corte dijo que podemos sembrar, cultivar, cosechar, preparar, acondicionar, y poseer, en cualquier forma, empleo, el uso, consumo, y, en general, todo acto relacionado con el consumo lúdico y personal de marihuana, por qué no puedo comprarla en una tienda como en los Estados Unidos?

Hay un principio en la Ley de Amparo que se le conoce como “de relatividad de las sentencias”. Lo que significa que las sentencias que se dictan en los amparos solamente protegen a los que se quejaron ante los tribunales.

Ahora viene lo bueno. Como me resultaría imposible ir guiando de forma personal a quienes en uso de su derecho quieren tener la posibilidad de tener al alcance su marihuana, si se alcanzan las reacciones que comenté al principio de la columna, voy a poner a tu alcance la próxima semana una guía de fácil acceso y consulta para que por tus propios medios puedas promover tu juicio de amparo en contra de las leyes y actos de las autoridades que te prohíben el uso de la marihuana. Este medio de defensa excluye los actos de comercio tales como la distribución, enajenación y transferencia de la misma. Si así lo decides, solamente la vas a poder usar, pero eso ya es un avance. ¿Qué opinas?

Mientras llega el próximo domingo, estoy a tus ordenes en Twitter como @enrique_pons y en Instagram como enriqueponsfranco. Nuevamente, gracias por leerme.

Comparte esta nota