ELECCIÓN 2024

INE ordena modificar propaganda de Xóchitl Gálvez en la que no se aclara su calidad de precandidata
Viernes 20 de Diciembre de 2024

INE ordena modificar propaganda de Xóchitl Gálvez en la que no se aclara su calidad de precandidata

Foto: Cuartoscuro
Escrito en ELECCIÓN 2024 el

Por Jorge Monroy

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a Xóchitl Gálvez Ruiz, precandidata única de la coalición "Fuerza y Corazón por México" a la presidencia de la República, modificar un espectacular y diversas publicaciones debido a que no se especifica en dicha propaganda su calidad de precandidata.

El diputado de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, denunció a Gálvez Ruiz y a los partidos que la postulan (PRI, PAN y PRD) por la colocación de dos anuncios espectaculares en la Ciudad de México, así como la difusión de dos promocionales en el canal de YouTube del Partido Acción Nacional, por considerar que contienen propuestas de campaña y debido a que no se precisa su carácter de precandidata.

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La Comisión negó el retiro de un espectacular en el segundo piso del Periférico de la Ciudad de México, por tratarse de actos consumados de manera irreparable, ya no se encuentra visible. Sin embargo, se otorgaron medidas cautelares para un segundo espectacular y los promocionales denunciados en YouTube, debido a que no especifican la calidad de la precandidatura que se promueve.

Con ello, el PAN y Xóchitl Gálvez Ruiz deberán sustituir o modificar, en un plazo no mayor a seis horas, el contenido del anuncio espectacular denunciado y de los videos publicados en el canal de YouTube del PAN.

En otro asunto, Rafael Lecón Domínguez denunció la difusión de los spots de radio y televisión de Xóchitl Gálvez, y su posterior difusión a través de las redes sociales X y YouTube de la denunciada.

La Comisión concluyó que los materiales denunciados para la precampaña electoral federal no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211, numeral 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), al no mencionar de manera clara la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez Ruiz, tanto en aspectos visuales como auditivos.

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Por ello, ordenó a los partidos reemplazar estos materiales en un plazo máximo de seis horas, y las concesionarias de televisión y radio deben suspender su transmisión en un plazo máximo de 12 horas.

También se ordenó retirar una publicación en la red social X y cualquier otra plataforma administrada por Gálvez Ruiz en un plazo de seis horas.