El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por mayoría de seis votos el proyecto por el que se desestimó la controversia constitucional que promovió la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra varios artículos de la Ley de la Industria Eléctrica publicada el 9 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.
La Corte resolvió así avalar el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que proponía desestimar la controversia por no contar la Cofece con el interés legítimo para presentar la impugnación.
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El proyecto determinaba como procedente, pero infundada, la controversia constitucional, por lo que se conservó la validez de los artículos tercero, fracciones V, XII, XII, Bis y XIV, cuarto, fracciones I y VI, 26, 53, 101, 108, fracción VI y 126, fracción II, todos de la Ley de la Industria Eléctrica.
"En este caso, no tiene interés legítimo la Comisión Federal de Competencia, me parece muy claro que es un mercado que no le toca regular a ella, para no ser reiterativo, votaré en ese sentido", expuso el ministro presidente Arturo Zaldívar.
De acuerdo con lo expuesto por el presidente de la Corte durante la discusión de la controversia, se tiene que "analizar si efectivamente se afectan sus competencias, ya sea de manera directa o se defienden derechos humanos que tienen íntima relación con su ámbito competencial".
“De lo contrario se desvirtúa por completo la controversia y convertimos en un órgano de control con interés legítimo, en un órgano de interés simple y no obstante que no se afecten sus competencias, pueden venir a impugnar cualquier cuestión”, explicó Zaldívar sobre la impugnación de la Cofece.
Explicó que se tiene que analizar si las competencias de la confederación han sido afectas, de lo contrario "se desvirtúa por completo la controversia" y la Cofece podría "venir a impugnar cualquier cuestión".
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El año pasado, en abril, la Cofece informó que interpuso una controversia constitucional contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LEI), porque considera que parte de su contenido es contrario a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.
La Cofece consideró inconstitucional la reforma a la LIE, que fue promulgada el 9 de marzo, porque viola la libre competencia al favorecer a la paraestatal Comisión Federal de Electricidad (CFE), en detrimento de las privadas, extranjeras y generadoras renovables.