La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a favor de la empresa Uber, para que no le sea aplicable el aprovechamiento del 2 por ciento que se estableció en el Código Fiscal de la Ciudad de México a las plataformas digitales de entrega de alimentos y paquetes, por "explotación de la infraestructura" de la ciudad.
Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama, junto a Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena que se integró a la sesión para romper el empate, rechazaron el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán.
El proyecto, que sólo fue apoyado por el ministro Javier Laynez Potisek, propuso amparar a la empresa Uber para que no le fuera aplicable el artículo 307 Tercero del Código Fiscal capitalino.
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Dicho artículo fue añadido por el Congreso local en diciembre de 2021 con el fin de establecer el cobro de un aprovechamiento por concepto de uso y explotación de la infraestructura de la Ciudad de México por parte de las personas y empresas que realizan las actividades de entrega de paquetes, alimentos y víveres mediante aplicaciones.
La empresa Uber promovió en febrero de 2022 el amparo contra dicha legislación, al considerar que el cobro del 2 por ciento se trató de un derecho y no de un aprovechamiento, lo que consideró viola principios fiscales.
Al respecto, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena aclaró que votó en contra del proyecto porque sí se trata de un aprovechamiento y no un derecho como lo estableció el ministro Pérez Dayán en su propuesta, y señaló que se reserva su opinión si es constitucional o no dicho cobro.
El amparo fue returnado a la ponencia de la ministra Batres Guadarrama para elaborar una nueva propuesta con el sentido de la mayoría.