La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará la sentencia impuesta a Daniel García Rodríguez, quien permaneció 17 años en prisión preventiva sin sentencia y apenas en 2023 fue condenado a 35 años de prisión.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió en abril de 2023 el caso "García Rodríguez y Reyes Alpízar contra México" y condenó al Estado mexicano a reformar las leyes internas con el fin de eliminar el arraigo y limitar la prisión preventiva oficiosa. El tribunal interamericano consideró que ambas medidas cautelares son violatorias de la presunción de inocencia.
Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz fueron acusados por el homicidio de María de los Ángeles Tamés, regidora de Atizapán, Estado de México, ocurrido en 2001.
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En 2002 fueron detenidos y permanecieron privados de su libertad sin una sentencia hasta 2019, cuando obtuvieron su libertad condicional.
En marzo de 2023, el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, Estado de México, condenó a García Rodríguez a 35 años de prisión y absolvió a Reyes Alpízar por falta de pruebas.
García Rodríguez impugnó en mayo de ese mismo año la sentencia en su contra y su amparo recayó en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México. Seis meses después, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena solicitó que dicho amparo fuera atraído por la SCJN.
En diciembre del año pasado, los ministros de la primera sala votaron a favor de ejercer la facultad de atracción de este asunto, con el voto en contra del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
El pasado martes la Suprema Corte notificó que el asunto fue turnado al ministro Gutiérrez Ortiz Mena y será discutió en la primera sala.
El máximo tribunal del país aún tiene pendiente para resolver el expediente turnado al ministro Jorge Pardo Rebolledo, en el que se decidirá la manera en la que el Poder Judicial de la Federación aplique la sentencia condenatoria de la CIDH.
Aunque la Corte Interamericana reconoció que la prisión preventiva no afecta los derechos humanos, señaló que su modalidad oficiosa es violatoria a la presunción de inocencia, por lo que se deben realizar reformas para que sea una figura que se aplique de manera excepcional.
A pesar de la condena de la CIDH, la mayoría calificada de Morena y sus aliados aprobaron reformas constitucionales, en noviembre y marzo pasados, para aumentar el catálogo de delitos que ameritan la imposición de la prisión preventiva oficiosa.