La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Nuevo León reponer el procedimiento para nombrar fiscal general del estado desde la etapa final.
Apenas el lunes pasado, el Congreso regio había designado como fiscal a Pedro Arce; sin embargo, la Segunda Sala de la SCJN dictaminó que el Legislativo local excedió los límites establecidos en una sentencia previa al apercibir a los aspirantes al cargo de fiscal del estado por no haber presentado una carta de no antecedentes penales y darles tiempo para entregarla posteriormente.
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Ahora, establece que al término de un mes debe designar la lista de cuatro candidatos que debe remitirse al gobernador del estado, Samuel García, para cuya elaboración deberá considerar únicamente a las personas que acreditaron haber cumplido con los requisitos y entre los que no está Arce.
De trata de las siguientes personas: Teodulo Martínez Salazar, Carlos Eduardo Mendoza Cano, Carlos Contreras Segovia, Lorena Ahidee Treviño Pérez, Carlos Manuel Cuevas Martínez, Ricardo Jesús Estrada Bátiz, Héctor Viniegra Hernández, Juan Morales Alcántara, Sigifredo Rodríguez Macías, Sonia Alejandrina Martínez Mireles, Federico González Scott.
En su resolución, la Corte consideró que el Congreso no respetó los términos originales de la convocatoria, con lo que incumplió los requisitos previamente establecidos.
El conflicto surgió a partir de la controversia constitucional 238/2022, en la que se invalidó un acuerdo de la Comisión Anticorrupción del Congreso que eximía a los aspirantes de presentar la carta de no antecedentes penales.
En un intento por acatar la sentencia, el 7 de agosto de 2024, la Comisión emitió un nuevo acuerdo en el que se apercibió a los 42 aspirantes sin la carta para que subsanaran la omisión, bajo la advertencia de que, en caso de no hacerlo, sus solicitudes serían desechadas.
Pero, la Suprema Corte determinó, con la ponencia del ministro Luis María Aguilar Morales, que esta medida violó los términos establecidos, ya que el cumplimiento de este requisito debía verificarse al momento de presentar la solicitud inicial.
“Establecer un plazo para que se subsane la omisión recae en un vicio análogo al que dio origen a la declaración de invalidez en la citada controversia”, sostuvo la Sala, y subrayó que la convocatoria no podía ser modificada tácitamente.
En consecuencia, la Suprema Corte ordenó al Congreso de Nuevo León dejar sin efecto el acuerdo del 7 de agosto de 2024 y retomar el proceso desde la etapa final, apegado estrictamente los términos de la controversia constitucional 238/2022.
La decisión fue aprobada por unanimidad de cinco votos el pasado 28 de agosto y busca garantizar la integridad del proceso y la adecuada aplicación de la legalidad en la designación del fiscal de Nuevo León.