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Dos empresas estatales se fusionarán al AICM, que quedará a cargo de la Semar
Viernes 30 de Agosto de 2024
PUBLICACIÓN EN EL DOF

Dos empresas estatales se fusionarán al AICM, que quedará a cargo de la Semar

Las empresas Grupo Aeroportuario y Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México se fusionarán al AICM para eficientar costos y gastos de las empresas

Créditos: Cuartoscuro
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El gobierno federal publicó este martes las bases para el proceso de fusión de dos empresas de participación estatal mayoritaria al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).

En el Diario Oficial de la Federación se dieron a conocer la forma y los términos para que se realice el proceso de fusión de las empresas Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México y Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México al AICM, para que estén coordinadas por la Secretaría de Marina.

De acuerdo con el documento, la Semar sometió a consideración de la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación el proyecto de fusión con el objetivo de “contar con una estructura orgánico-administrativa funcional y hacer eficientes los costos y gastos de dichas entidades paraestatales”.

La fusión se debe efectuar conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, además las empresas deberán cuidar la eficiencia y transparencia del proceso. 

Dentro de 30 días naturales después de la publicación, las empresas que se van a fusionar en coordinación del AICM tienen que realizar un balance inicial que refleje la información de los últimos estados financieros, así como su inventario, que serán dictaminados por un auditor externo designado por la Función Pública.

“La entidad fusionante (AICM) adquirirá a título universal la totalidad del patrimonio de las entidades fusionadas, conforme al inventario de bienes, balances generales o estados financieros dictaminados por el auditor designado”, indica el DOF.

El AICM asumirá las obligaciones de tipo laboral de las otras empresas en “calidad patrón sustituto, a partir de que la fusión surta sus efectos”.

Asimismo, “la Oficialía Mayor de la Secretaría de Marina, como responsable del proceso de desincorporación, deberá remitir y poner a consideración del Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los convenios de fusión respectivos”.
 

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