A partir de este año, el 1 de octubre de cada seis años será día de descanso obligatorio para los servidores públicos federales, con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo federal.
Así lo decretó el presidente Andrés Manuel López Obrador al publicar en el Diario Oficial de la Federación la reforma el Artículo Segundo del decreto por el que se establece el calendario oficial, publicado en el 6 de octubre de 1993 y su posterior modificación.
Quizá te interesa: AMLO publica decreto que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar; Banxico se encargará del fideicomiso
El documento señala que el 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que “se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, mediante el cual, entre otros, se reformó el artículo 83 constitucional para establecer que la persona titular del Ejecutivo Federal entra a ejercer el cargo el 1o. de octubre del año correspondiente”.
Menciona que la modificación al artículo 83 constitucional entró en vigor el 1 de diciembre de 2018, “por lo que la reforma constitucional citada estableció una nueva realidad política, que se aplicará por primera ocasión el 1 de octubre de 2024”, fecha en que asumirá el cargo la virtual presidenta electa Claudia Sheinbaum.
En el decreto, publicado el pasado 12 de julio, el Artículo Segundo establece la lista de días de descanso obligatorio que “las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el apartado B) del artículo 123 Constitucional, deben observar” para las personas servidoras públicas federales.
También puedes leer: Publican decreto que expropia 88 inmuebles privados para la construcción del Tren Maya
Así, el calendario oficial de días de descanso obligatorio queda de la siguiente manera: 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 1 de mayo; 5 de mayo; 16 de septiembre; 1 de octubre de cada seis años, con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo federal; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, y el 25 de diciembre.
El decreto entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.