MÉXICO

Suprema Corte ordena a la FGR investigar delitos de lesa humanidad de la Guerra Sucia tras otorgar amparo a familiares de Lucio Cabañas
Martes 5 de Noviembre de 2024

Suprema Corte ordena a la FGR investigar delitos de lesa humanidad de la Guerra Sucia tras otorgar amparo a familiares de Lucio Cabañas

Foto: Cuartoscuro
Escrito en MÉXICO el

Por Julio Astorga

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a cuatro personas que presuntamente fueron detenidas y torturadas durante la llamada Guerra Sucia para que la Fiscalía General de la República (FGR) investigue la presunta comisión de delitos de lesa humanidad cometidos en ese periodo.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fue aprobado por mayoría de cuatro votos. El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se posicionó en contra del sentido de la resolución.

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Las cuatro personas amparadas son familiares de Lucio Cabañas, líder estudiantil y del grupo armado Partido de los Pobres, las cuales fueron víctimas de delitos de lesa humanidad, como desaparición forzada y tortura, los cuales fueron cometidos por personal de la Dirección Federal de Seguridad y la policía militar en la década de los setenta durante la Guerra Sucia.

En 2022 la FGR determinó no ejercer la acción penal, por lo que las víctimas buscaron la protección de la justicia federal.

Tras conseguir un amparo con un juez de distrito, la fiscalía promovió un recurso en contra, pues aseguró que al momento en que ocurrieron los hechos no estaba vigente el Estatuto de Roma, por lo que los delitos cometidos durante la Guerra Sucia fueron prescritos.

Sin embargo, el ministro González Alcántara Carrancá destacó en el estudio del caso algunos criterios emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual considera que los países no pueden argumentar la prescripción de delitos o la amnistía para no investigar crímenes de lesa humanidad, debido a la gravedad que representa esa violación a los derechos humanos.

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La Suprema Corte le dio a la FGR un plazo de 12 meses para que determine si ejercerá el ejercicio de la acción penal o, en su caso, concluye con el no ejercicio por falta de pruebas.