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Eliminar la prisión preventiva oficiosa no implicaría la liberación de miles de presuntos delincuentes, aclara ONG a la Segob
Viernes 22 de Noviembre de 2024

Eliminar la prisión preventiva oficiosa no implicaría la liberación de miles de presuntos delincuentes, aclara ONG a la Segob

Foto: Cuartoscuro
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El colectivo Pena Sin Culpa aseguró a la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, está equivocada al afirmar que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) elimina la prisión preventiva oficiosa, ello implicaría la liberación de miles de presuntos delincuentes.

"La secretaria de Gobernación falta a la verdad, pues el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana no implica la liberación automática de personas, ni le quita herramientas al Estado en Materia de Seguridad, ni genera un riesgo para el sistema de justicia", indicó el colectivo en un comunicado.

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Ayer, durante la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, Luisa Alcalde indicó que el viernes pasado, el gabinete de Seguridad envió una carta a la SCJN en la que advirtió que la eliminación de la prisión preventiva, contemplada en el artículo 19, implicaría "la liberación de 68 mil presuntos delincuentes".

“Hacemos un llamado a la Corte a respetar la Constitución, respetar la división de Poderes, no excederse en sus facultades, considerar las graves consecuencias que eliminar la prisión preventiva oficiosa tendría para la seguridad nacional en las circunstancias actuales”, dijo la funcionaria.

La organización expresó su preocupación ante las cifras que dio ayer la funcionaria. "Se reconoció la existencia de 68 mil personas en las cárceles sin que tengan una sentencia condenatoria, y sin que se haya demostrado su responsabilidad", dice el comunicado.

Y agrega: “Personas a las que se les viola su derecho a la presunción de inocencia y que pueden perder años de su vida encarcelados sin que se les logré probar su participación en algún hecho delictivo”.

La Suprema Corte definirá cómo participará el Poder Judicial en la ejecución de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que limita la prisión preventiva oficiosa y elimina el arraigo preprocesal

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Por ello, el colectivo Pena Sin Culpa explica que la aplicación de esta medida, tal como ya lo propuso el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, implica que la prisión preventiva oficiosa se justifique en cada caso, sin aplicarse de forma automática.

"Esto es, que la automaticidad de la prisión preventiva como la tenemos actualmente debe de ser un proceso razonado y justificado en cada caso en particular, esto de ninguna forma implica una liberación o exoneración masiva como lo infirió de manera irresponsable el día de ayer la secretaria de Gobernación", señaló el colectivo.

Explicó que, por el contrario, esta medida permite a los jueces razonar si la persona imputada se puede fugar, obstruir la investigación, poner en riesgo a las víctimas o testigos en el caso.

En caso de que ninguno de estos casos se justifique, la persona podrá seguir su proceso con otras medidas diferentes a la prisión preventiva, detalló el colectivo.