La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional presentada por la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, contra el acuerdo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por entregarle de manera provisional la posesión física, jurídica y administrativa del Ángel de la Independencia al gobierno de la Ciudad de México.
Este miércoles, la Segunda Sala determinó por unanimidad de votos que la controversia es improcedente luego de que el pasado 17 de octubre, el ministro Juan Luis González Alcántara concediera a la alcaldesa una suspensión para que la administración de Cuevas brindara el mantenimiento y la preservación del Ángel de la Independencia.
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La ministra Yasmín Esquivel estableció que la alcaldesa no se puede impugnar el cambio de posesión del monumento entregado al gobierno capitalino, dado que no invade las competencias que le otorga la Constitución Federal.
Con esta resolución, se revoca la suspensión que permitía a la alcaldía dar mantenimiento y conservar el monumento y entrega esas funciones al gobierno de Martí Batres.
La suspensión fue concedida el pasado 17 de octubre por el ministro Juan Luis González Alcántara.
Sandra Cuevas acusó el año pasado que el presidente Andrés Manuel López Obrador le quería quitar el control del Ángel de la Independencia debido a que la aspirante presidencial Xóchitl Gálvez ocupó el espacio para recibir su constancia como representante de la coalición Fuerza y Corazón por México el pasado 3 de septiembre.
"Intentó quitarnos la administración de este monumento, intentó robarse el monumento, el Ángel de la Independencia, que no es de Sandra Cuevas, es un monumento que le pertenece a los mexicanos", destacó.
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La controversia por el Ángel de la Independencia
Cuevas impugnó la publicación del 20 de septiembre en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del aviso por el que la Secretaría de Hacienda entregó el control del Ángel de la Independencia al gobierno capitalino, pese a que estaba a cargo de la alcaldía Cuauhtémoc desde 1998.
En el juicio, la alcaldesa solicitó a la Corte que le otorgaran una medida cautelar con el efecto de que el control del monumento le fuera devuelto a la alcaldía, de acuerdo con el incidente de suspensión de la controversia constitucional 456/2023.
Sin embargo, el ministro González Alcántara sólo le otorgó la suspensión "única y exclusivamente para que las actividades consistentes en el cuidado, mantenimiento y preservación”.