La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves que no constituyó una violación el acuerdo con el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó modificar sus lineamientos para la organización de la revocación de mandato.
La votación se realizó tras dos recursos de queja presentados por la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo Federal, que señalaban que el acuerdo representaba una violación por disminuir el número de casillas que se iban a instalar para la revocación de mandato.
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"El Alto Tribunal sostuvo que el INE actuó de manera eficaz en la realización del ejercicio de revocación de mandato debido a que cumplió con el objetivo que le fue encomendado al llevar a cabo el proceso aludido", indicó la Corte en un comunicado.
La Primera Sala también señaló que el INE “actuó de manera eficiente porque utilizó los recursos disponibles” para la revocación de mandato.
“El acuerdo que modifica los lineamientos del INE tuvo como fin asegurarse de proporcionar los elementos para generar las condiciones y mecanismos necesarios para que el derecho político electoral de participar en la revocación de mandato pudiera ser ejercido por la ciudadanía”, determinó.
Por unanimidad de votos, la Primera Sala declaró infundados los recursos de queja 2/2022-CC y 4/2022-CC en la sesión de este miércoles 24 de agosto.
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Presidente del INE celebra el fallo de la Corte
En sus redes sociales, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, celebró la decisión de la Corte de las controversias presentadas por estos los poderes Legislativo y Ejecutivo.
“Esta resolución abona a la certeza y la legalidad de dicho proceso”, escribió en su cuenta de Twitter.