El coordinador de los diputados del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Luis Espinoza Cházaro, adelantó que interpondrán un amparo ante un juez federal para que determine si Rogelio Franco Castán puede o no asumir como diputado federal al encontrarse vinculado a proceso en Veracruz por dos causas penales distintas.
En conferencia de prensa, indicó que la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz en la que se determina que los derechos políticos electorales de Rogelio Franco están suspendidos no es un fallo en última instancia y se puede impugnar ante instancias federales.
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“No quitaremos el dedo del renglón, no vamos a dejar nuestro interés de que Rogelio tome posesión y venga con nosotros a la Cámara y por lo tanto, recurriremos a la justicia federal para solicitar el amparo a esta situación que desde nuestro punto de vista es violatoria de sus derechos político electorales”, expresó luego de que autoridades de Veracruz notificaran su resolución a la Cámara de Diputados.
De acuerdo con lo informado por el Tribunal Superior de Justicia estatal, Rogelio Franco Castán, exsecretario de Gobierno de Veracruz con Miguel Ángel Yunes, fue vinculado a proceso el pasado 17 de agosto por la posible comisión de los delitos de extorsión y abuso de autoridad, así como por el ilícito contra la administración de la justicia.
La otra vinculación a proceso contra Franco Castán fue dictada el 20 de marzo pasado por el delito de ultrajes a la autoridad en perjuicio del servicio público.
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En ambas vinculaciones, la autoridad dictó la medida cautelar de prisión preventiva por lo que Rogelio Franco Castán está interno en el Centro de Reinserción Social ubicado en Amatlán de los Reyes, Veracruz.
El Tribunal explicó que, por estar vinculado a proceso, perdió sus derechos o prerrogativas como ciudadano, como lo dispone el artículo 38 fracción II de la Constitución.
El artículo citado por las autoridades judiciales de Veracruz indica que una de las condiciones para suspender sus derechos es “por estar sujeto a un proceso criminal por el delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión”.