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Corte admite reclamo de senadores por desechar su acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Hidrocarburos
Lunes 23 de Diciembre de 2024

Corte admite reclamo de senadores por desechar su acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Hidrocarburos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite este jueves un recurso de reclamación que promovieron legisladores de oposición en el Senado luego de que un ministro desechó su acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley de Hidrocarburos.

En su cuenta de Twitter, el coordinador de los senadores del PRI, Miguel Ángel Osorio Chong, afirmó que la impugnación fue turnada a la Segunda Sala de la Corte, donde se analizará si se revoca el acuerdo que dictó el ministro Alberto Pérez Dayán.

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“Yo espero que con ello pueda ser aceptada esta acción que presentamos y entonces se logre discutir en el propio Poder Judicial sobre este tema tan importante para el país”, expresó el legislador del PRI.

El pasado 24 de junio, el ministro Pérez Dayán desechó “por notoria improcedencia” el recurso de los senadores. En su argumentación, indicó que la demanda no contaba con la firma autógrafa de todos los legisladores que promovieron la acción de inconstitucionalidad.

"Las consideraciones anotadas en este proveído evidencia en que se llevó a cabo una revisión exhaustiva de los documentos exhibidos, de los cuales se ha subrayado su identidad en cuanto a contenido, principalmente por lo que hace a la falta de firma autógrafa de los promoventes, lo que quedó anotado desde la certificación asentada por la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia", expone el acuerdo.

Los senadores afirman que las reformas a Ley de Hidrocarburos violan, entre otras cosas, los principios de legalidad y seguridad jurídica porque permite acciones arbitrarias en contra de empresas particulares para favorecer a Petróleos Mexicanos (Pemex).

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También acusan que la Ley de Hidrocarburos contraviene los principios de libre competencia e igualdad. Además, “impacta la retroactividad, confianza legítima y estabilidad regulatoria, que son principios tutelados por la Constitución”.