El juez Juan Pablo Gómez Fierro, especializado en competencia económica, otorgó 28 nuevas suspensiones de carácter provisional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), el cual entró en vigor el pasado 17 de abril. En total, suman 34 suspensiones provisionales.
Estas suspensiones contra el padrón de usuarios de telefonía se emitieron ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. El juez Gómez Fierro decretó ayer las suspensiones provisionales, pero la publicación de las mismas se realizó hasta este martes.
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20 de las 28 solicitudes se incluyeron en el expediente con el folio 360/2021, de acuerdo con las resoluciones publicadas en la Lista de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
El resto de las suspensiones provisionales se encuentran en los expedientes 269/2021, 298/2021, 370/2021, 379/2021, 391/2021, 409/2021 y 411/2021.
Las audiencias incidentales se realizarán entre el 30 de abril y el 4 de mayo, con las cuales se definirá si se mantienen las suspensiones contra el PANAUT.
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La suspensión provisional implica que estas personas no podrán perder su línea telefónica móvil al no darse de alta en el PANAUT. Tampoco están obligadas a entregar sus datos biométricos a las compañías telefónicas.
Ayer, el juez Gómez Fierro también admitió a trámite otras 29 solicitudes de amparo contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
La primera suspensión contra esta muevo modificación a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión se otorgó el pasado 20 de abril. Al día siguiente se decretaron otras cinco, para un total de seis.
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¿Qué el padrón de usuarios de telefonía móvil?
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil obliga a los usuarios a dar, de manera obligatoria, sus datos personales y biométricos. Según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) solicitará la cancelación inmediata de aquellas líneas telefónicas que no hayan sido identificadas o registradas por los clientes.
Los datos que serán recabados de manera obligatoria son: nombre del titular de la línea telefónica; número de celular, fecha y hora de activación de la línea; nacionalidad del usuario, número de identificación con fotografía y CURP; datos biométricos; dirección domiciliaria; datos del concesionario de telecomunicaciones y esquema de contratación de la línea (prepago o pospago).