La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó en suspenso el triunfo de Carmen Lilia Canturosas Villarreal en la elección municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, al revocar la declaración de validez de la elección y ordenar que el tribunal electoral estatal repita la votación en el procedmiento.
La resolución de juicios de revisión constitucional electoral 264, 268, 312 y 313, se basó en un conflicto de intereses identificado en la votación del Tribunal Electoral de Tamaulipas, en el que el magistrado presidente, Edgar Danés Rojas, es hermano de José Eliud, un funcionario del DIF de Nuevo Laredo “bajo la orden de la electa presidenta municipal del citado ayuntamiento”, señaló el escrito de recusación que presentó el PAN.
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La magistrada Elena Ponce Aguilar, responsable del proyecto de resolución, explicó que la participación de Danés Rojas en la votación comprometió el principio de neutralidad, violando así las formalidades que rigen el proceso electoral.
"Ante la vulneración a las formalidades esenciales que norman el procedimiento, se dejan insubsistentes la resolución de 18 de julio, que confirmó la validez de la elección del referido municipio y el otorgamiento de la constancia de mayoría en favor de la planilla postulada por la coalición 'Sigamos Haciendo Historia en Tamaulipas'; así como, la diversa resolución interlocutoria de 29 siguiente, que declaró improcedente el incidente de aclaración de sentencia, al encontrarse viciado de origen la actuación judicial”, concluyó la magistrada.
Además, se instruyó al Tribunal Electoral de Tamaulipas a reponer la votación en un plazo de 24 horas, excluyendo al magistrado presidente Danés Rojas de participar en la misma.
“Se ordena reponer el procedimiento, a fin de que, en primer lugar, el Pleno del Tribunal Local, con excepción del magistrado presidente, califique dentro del plazo de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación de esta ejecutoria la recusación planteada por el partido actor; y, una vez hecho lo anterior, en un plazo no mayor a tres días y con plena libertad de jurisdicción, emita la resolución que en Derecho corresponda”, concluyó el tribunal
La resolución, que tuvo el voto unánime de los magistrados, también señala que la validez de la elección, decidida el 18 de julio, fue objeto de controversia debido a la influencia del magistrado presidente, ya que su voto, junto con el de la magistrada Gloria Reyna Hagelsieb, resultó decisivo en la aprobación del proyecto elaborado por la magistrada Blanca Hernández Rojas, el cual revocó el tribunal superior.