ELECCIÓN 2024

Denuncias electorales presentadas contra Nahle tienen sustento y pueden impedir su registro como candidata en Veracruz, asegura especialista
Sábado 21 de Diciembre de 2024

Denuncias electorales presentadas contra Nahle tienen sustento y pueden impedir su registro como candidata en Veracruz, asegura especialista

Foto: Rocío Nahle / Redes
Escrito en ELECCIÓN 2024 el

Por Fidel Pérez / Corresponsal

Veracruz.– Las denuncias interpuestas por la coalición Fuerza y Corazón por Veracruz contra Rocío Nahle García, precandidata al gobierno de la entidad por la alianza Sigamos Haciendo Historia en Veracruz, tienen sustento y pueden impedir su registro como candidata, sostuvo el abogado electoral Fidel Ordóñez Solana.

Nahle García rechazó hablar con Latinus sobre el tema, justificando que en ese momento se trasladaba hacia uno de sus eventos que realiza como precandidata en busca del gobierno de Veracruz.

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En tanto que Maty Lezama Martínez, presidenta de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, explicó que, en virtud de que la queja fue presentada el día de hoy, en un primer momento, la Secretaría Ejecutiva de este organismo deberá resolver sobre su admisión y, en su caso, la comisión determinará lo conducente por cuanto hace a las medidas cautelares, si es que se hubieran solicitado.

Ordóñez Solana, autor de estudios y juicios ante la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral, así como de juicios de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), advirtió que el OPLE podría echar abajo las denuncias, pero, entonces, "eso da pie a pensar que hay un sometimiento del organismo electoral por el gobierno del estado".

El jurisconsulto, quien en el 2000 logró la revocación de la constancia de mayoría del presidente y síndico del municipio de Úrsulo Galván II, reiteró que las denuncias interpuestas por la oposición contra Nahle y el gobernador Cuitláhuac García tienen sustento.

"Efectivamente, en términos de la fracción tercera del artículo 11, que se refiere a los delitos en materia electoral que son delitos específicos y sí tiene sustento legal, la negación del registro como candidata a Rocío Nahle, en virtud de que permitió la transmisión en vivo por RTV, en un canal oficial, y el canal oficial violentó la ley porque rompió el principio de equidad en el uso de los medios de comunicación que están obligados no sólo por el código electoral, sino por la Constitución General de la República", explicó.

Por ello, comentó en términos coloquiales que "tanto peca el que mata la vaca como el que le agarra la pata, porque Rocío Nahle estaba en la posibilidad de rechazar la transmisión, pero jamás dijo que no, así que no puede decir que no la autorizó cuando ella aparece en primer plano".

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Ordoñez Solana precisó que el artículo 46 del Código Electoral del Estado de Veracruz establece el régimen de equidad que debe de existir en el manejo de los medios de comunicación entre todos los partidos políticos y, por ello, Rocío Nahle está en la condición de caer en una desviación de recursos y cometiendo un delito de naturaleza electoral.

En segundo lugar, explicó, el delito no sólo se comete por la parte que lo ejecuta, en este caso Radio Televisión de Veracruz, sino también por quien recibió una instrucción de alguien que aportó, que destinó recursos financieros, humanos y materiales, como es el traslado de Xalapa a Coatzacoalcos, para beneficio de una sola persona como es el caso de Rocío Nahle.

Ordóñez Solana rechazó la afirmación del coordinador de Comunicación Social del gobierno del estado, Iván Luna, de que hay equidad en las transmisiones de los partidos políticos a través de RTV, ante lo que el abogado argumentó que a José Yunes, precandidato de la coalición Fuerza y Corazón por Veracruz, sólo le publican notas cortas, no transmisiones íntegras, como se hizo con Nahle.