Por Jorge Monroy
El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los lineamientos que aprobó el Instituto Nacional Electoral (INE) para evitar la injerencia o participación de funcionarios públicos conocidos como servidores de la nación en el proceso electoral federal y los locales.
Los lineamientos establecen que dichos servidores "deberán conducir su actuar de manera institucional, sin realizar actos o manifestaciones que generen la percepción en la ciudadanía de que los beneficios entregados son atribuibles a una persona o partido político, o bien, que su continuidad depende de la permanencia de una opción política en el gobierno".
El Tribunal confirmó los lineamientos, que fueron impugnados por Morena, pues dijo que el INE es competente para emitir reglas en los que se establezcan con certeza las medidas preventivas a fin de evitar la injerencia y/o participación de servidores públicos, así como los denominados "servidores de la nación", que tienen a su cargo la operación de los programas sociales, en los procesos electorales, principalmente el día de la elección.
El Tribunal resolvió que el INE cumplió con una sentencia de la Sala Superior para la emisión de directrices ante una ausencia normativa.
Resolvió que los llamados "servidores de la nación" mantienen una cercanía con la ciudadanía como primer punto de contacto y en algunos casos como el único enlace para alcanzar un beneficio social, lo que hace que sus acciones, cuando sean generalizadas, pudieran causar un impacto trascendente y determinante en cualquier elección democrática.
El magistrado Alfredo Fuentes Barrera recordó que el Tribunal mandató al INE para estos lineamientos, toda vez que en la pasada elección para gobernador en Tamaulipas, partidos acusaron la intervención indebida de los denominados servidores de la nación en la jornada electoral.
Te sugerimos: INE aprueba por unanimidad a los siete integrantes del comité de asesores del PREP para la elección de 2024
La magistrada Janine Otálora, ponente en este caso, resaltó que dichos funcionarios tienen la capacidad de decisión material y jurídica para generar una situación de presión o temor.
"Por ello esta Sala Superior dejó muy en claro que cuando se infringe la prohibición de que una persona servidora pública se desempeñe como representante de partido en una casilla, teniendo estas particularidades, tal situación podría generar la presunción de que se ejerció presión sobre el electorado", comentó.