Tribunal Electoral resuelve que López Obrador difundió propaganda prohibida en sus conferencias matutinas del 20, 21 y 24 de mayo

Por Jorge Monroy

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en propaganda gubernamental prohibida y violación de los principios de neutralidad durante la pasada competencia electoral mediante sus conferencias matutinas del 20, 21 y 24 de mayo, cuando transcurrían las campañas políticas.

En un primer caso, al resolver un recurso presentado por el PAN, los magistrados del tribunal resolvieron que en la “mañanera” de 20 de mayo se acredita la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, el uso indebido de recursos públicos, así como el incumplimiento de medidas cautelares por parte del titular del Ejecutivo federal.

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Respecto de la mañanera de 21 de mayo se declaró existente la difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas del proceso electoral; la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad; la promoción personalizada; el uso indebido de recursos públicos y el incumplimiento de medidas cautelares.

En este caso se mencionó que el titular del Ejecutivo federal difundió propaganda sobre temas de infraestructura, además de que abordó algunos de índole electoral.

Sin embargo, los magistrados resolvieron que no existió beneficio de ello para Morena, PT y PVEM, así como a su candidata presidencial, Claudia Sheinbaum.

En otro asunto, también promovido por el PAN, el tribunal determinó que el presidente López Obrador incurrió en difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas del proceso electoral; vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad; incumplimiento de medidas cautelares, además de que cometió uso indebido de recursos públicos durante la conferencia de prensa del 24 de mayo.

La sentencia estableció que el presidente de la República no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, únicamente se le responsabiliza.

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Por ello, la Sala Especializada ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia para que determine responsabilidades al coordinador general de Comunicación Social y vocero del gobierno de la República, Jesús Ramírez Cuevas; el jefe de departamento, Daniel Ramírez Pérez, además del director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropioe), Sigfrido Barjau de la Rosa, como también a una de las integrantes de la oficina de Presidencia, Jessica Ramírez.

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