AMLO coaccionó el voto y usó indebidamente recursos públicos y programas sociales al promover el Plan C en conferencias de mayo de 2023: TEPJF

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Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este jueves que el presidente Andrés Manuel López Obrador coaccionó el voto, utilizó indebidamente recursos públicos y programas sociales, y difundió propaganda gubernamental en un periodo prohibido al promover el Plan C en dos de sus conferencias de mayo de 2023, lo cual constituye una violación a la neutralidad del proceso electoral.

A través de un comunicado, la Sala Especializada del TEPJF especificó que durante sus conferencias del 9 y 11 de mayo del año pasado, López Obrador hizo referencia al Plan C y expresó la necesidad de lograr una mayoría calificada en las cámaras del Congreso de la Unión “para continuar con la transformación”.

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“El presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda; usó indebidamente recursos públicos y programas sociales; coaccionó el voto de la ciudadanía; realizó promoción personalizada y difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido”, asentó en su comunicado.

El tribunal también responsabilizó a Claudia Sheinbaum, entonces jefa de Gobierno de la capital, de vulnerar principios constitucionales, por realizar manifestaciones relacionadas con los comentarios del presidente en sus conferencias.

Por esta misma conducta también fueron responsabilizados Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia de la República; Sigfrido Barjau de la Rosa, titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie); Jenaro Villamil, entonces presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR); Jessica Ramírez, directora general de Comunicación Digital y Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la citada Coordinación.

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El tribunal advirtió que, de acuerdo a convenios previamente establecidos por la Sala Especializada, el presidente no podrá ser sancionado por las faltas que cometió, por lo que sólo “se le declara su responsabilidad.

En el caso de Sheinbaum Pardo, se dio vista al Congreso de la Ciudad de México para que determine lo que en derecho corresponda; en del Villamil Rodríguez, al Órgano interno de Control del SPR y en el caso del resto de las personas servidoras públicas, al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República.

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