Ministra Lenia Batres justifica elección popular de jueces citando la Constitución de Japón, pero omite detalles clave

Por Julio Astorga

La ministra Lenia Batres Guadarrama justificó la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador de elegir a los jueces, magistrados y ministros mediante voto popular a través de una publicación en redes sociales en la que citó un artículo de la Constitución de Japón.

“Constitución de Japón promulgada el 3 de noviembre de 1946”, escribió en su cuenta de X seguido de una captura de pantalla.

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En la captura puede verse el artículo 79 de la Constitución japonesa, del cual la ministra subrayó la parte que establece que la designación de los jueces integrantes de la Corte Suprema debe ser sometida a consideración de los votantes.

Sin embargo, en el párrafo anterior al que destacó la ministra Batres se explica que la designación de los integrantes de la Corte Suprema japonesa es realizada por el gabinete, el cual está compuesto por el primer ministro y los titulares de los ministerios de Estado. El presidente del máximo tribunal japonés es nombrado por el emperador de ese país.

Esos nombramientos serán los que se sometan a la consideración de los japoneses cuando acudan a las urnas para votar por los legisladores de la Cámara de Representantes.

Asimismo, en el artículo 78 de la carta magna japonesa se determina que los jueces de ese país son inamovibles, a excepción de un juicio público, y que el Poder Ejecutivo no puede ejercer medidas en contra de los juzgadores.

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Por otra parte, en la captura que compartió Batres Guadarrama se señala en el último párrafo que todos los jueces recibirán “una compensación adecuada” por sus funciones que no podrá disminuirse mientras ocupan el cargo.

Lo anterior es contrario a lo que ha exigido el presidente López Obrador, y la propia ministra ha defendido, para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana se bajen el sueldo a uno menor al que recibe el primer mandatario mexicano.

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