Por Jorge Monroy
En acatamiento a una resolución de una sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) confirmó el registro del exgobernador de Morelos, Sergio Estrada Cajigal, como candidato a diputado federal por la coalición del PAN, PRI y PRD, debido a que no tienen suspensión de sus derechos políticos debido a que no tiene sentencia en el proceso que se le sigue por violencia de género.
La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF ordenó al INE emitir la resolución que correspondiera en el caso del exmandatario morelense,
La consejera Dania Ravel recordó que la medida cautelar para Sergio Estrada Cajigal cambió de prisión domiciliaria a prisión preventiva, por lo que la Sala Regional ordenó al órgano electoral pronunciarse tomando en cuenta el derecho político a ser votado de la persona y atendiendo los principios de presunción de la inocencia, necesidad y proporcionalidad.
Por tal motivo, el instituto realizó una diligencia urgente en un juzgado de distrito en Cancún, Quintana Roo, donde se lleva la causa penal contra Estrada Cajigal por los delitos de violencia familiar y de género de los que le acusa su exesposa, Karla Alejandra Carrillo.
En esa diligencia, el juzgado informó al instituto que el candidato no tiene suspensión de sus derechos políticos. Por ese motivo, por unanimidad de los consejeros se confirmó el registro del exgobernador.
No obstante, la consejera Carla Humphrey presentó un voto concurrente, al considerar que el propio INE emitió una regla denominada “8 de 8” contra todo tipo de violencia de género, y por lo cual acordó que ninguna persona con sentencia firme pueda ser registrado como candidato.
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Sin embargo, dijo, “en país con estos niveles de impunidad, 92%, es casi imposible que una mujer cuente con una sentencia para proporcionar, además definitiva, para proporcionar a esta autoridad respecto de la comisión de cualquiera de las conductas señaladas en el artículo 38 fracción séptima por violencia política o en razón de género”.
Por ello, planteó que se debía de cancelar el registro al candidato, “ya que está demostrado que esta persona es una persona violentadora, está ahí los elementos”.