TEPJF ordena a AMLO eliminar declaraciones de sus conferencias matutinas por hacer propaganda con fondo de pensiones y primer debate presidencial

TEPJF confirma dos medidas cautelares del INE contra López Obrador por hacer propaganda con fondo de pensión y primer debate presidencial
Foto: Cuartoscuro

Por Jorge Monroy

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó dos medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por intervención y difusión de propaganda prohibida en el actual periodo de campaña.

En un primer caso, el presidente de la República impugnó ante el tribunal el acuerdo ACQyD-INE-204/2024 dictado por la Comisión de Quejas, que certificó la existencia de la conferencia matutina de prensa del 23 de abril en distintos enlaces, por lo que no fueron eliminadas ni modificadas las manifestaciones de López Obrador como había ordenado.

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En dicha conferencia, el mandatario federal expuso beneficios de crear un fondo de pensión para el Bienestar, con base en las cuentas de ahorro para el retiro no reclamadas de trabajadores 65 años en el IMSS y 70 para el ISSSTE.

La Comisión decretó el incumplimiento de la medida cautelar, y ordenó nuevamente a observar su acatamiento en un plazo máximo de seis horas, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo, se les impondría una amonestación pública a todos los sujetos vinculados.

En ese sentido, el tribunal confirmó el acuerdo de 8 de mayo, que determinó el incumplimiento de la medida cautelar, emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE.

En un segundo asunto, el presidente impugnó el acuerdo ACQYD-INE-202/2024 dictado por la Comisión de Quejas que declaró procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el PAN con motivo de la queja presentada en contra del presidente de la República, por diversas expresiones realizadas en su conferencia de prensa del 15 de abril.

Ese día, López Obrador hizo valoraciones políticas del primer debate presidencial que sostuvieron Claudia Sheinbaum, Xóchitl Gálvez y Jorge Álvarez Máynez.

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En ese sentido, el tribunal confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.

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