TEPJF revoca inhabilitación a la consejera presidenta del Instituto Electoral de Oaxaca

Por Jorge Monroy

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEJF) revocó sentencia de la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca, por la que inhabilitó a la presidenta del Instituto Electoral de ese estado, Elizabeth Sánchez González.

El TEPJF determinó que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) es la única autoridad facultada para remover del cargo a las consejerías de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs), por causas graves, y la Sala Unitaria no está facultada para imponer la sanción de inhabilitación en el cargo a la consejera actora.

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El magistrado Alfredo Fuentes indicó que esa atribución del INE se le otorgó para evitar el involucramiento e influencia de los gobernadores de los estados sobre las autoridades electorales locales.

Por ello, el TEPJF ordenó a la Segunda Sala Unitaria Especializada emitir una nueva sanción diferente a la remoción, como podría ser una amonestación, y luego remitirla al Consejo General del INE, quien deberá resolver si remueve o no a Sánchez González.

Cabe destacar que el 4 de octubre pasado, el TEPJF ordenó la restitución inmediata de Elizabeth Sánchez González y dejó sin efecto la suspensión que ordenó la Contraloría Interna del Instituto Electoral de Oaxaca, que acusó a la consejera de incurrir en presuntos “desvíos de recursos y la comprobación indebida” de más de 19 millones de pesos.

A propuesta de la magistrada Janine Otálora, el TEPJF también revocó la decisión del Instituto Electoral de Oaxaca de nombrar a una nueva consejería en la presidencia, lo cual es facultad también del INE. Por ello, ordenó la restitución en el cargo de Elizabeth Sánchez González.

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La magistrada Otálora afirmó que ante el riesgo de que el poder político quiera interferir en las facultades del INE, los magistrados del TEPJF tienen la competencia y obligación de garantizar que los institutos electorales puedan funcionar totalmente de manera autónoma e independiente.

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