Proyecto del TEPJF perfila confirmar la decisión del INE de no suspender las conferencias matutinas de AMLO

TEPJF irá por confirmar negativa de suspender mañaneras de AMLO
Foto: Cuartoscuro

Por Jorge Monroy

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso al pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldar al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que rechazó por unanimidad suspender la transmisión de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador por presuntamente faltar a la ley electoral.

El proyecto se sustenta en un criterio que ha seguido la Sala Superior, en el sentido de que las “mañaneras” son actos gubernamentales de comunicación social que, por su naturaleza intrínseca, no constituyen per se la emisión de propaganda gubernamental prohibida por los artículos 41 y 134 de la Constitución federal.

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“De ahí que, al ponderar el derecho de información de la ciudadanía y la obligación de rendición de cuentas a la que se encuentra sujeto el presidente de la República, deba considerarse que la suspensión total de su difusión resultaría en un actuar desproporcionado”, consideró el magistrado.

Planteó que el contenido de las conferencias en Palacio Nacional del presidente López Obrador, en todo caso, es producto de la conducta de quienes participan en ella y del ejercicio de su libertad de expresión, la cual no puede ser restringida de manera previa, sino únicamente sujeta a responsabilidades ulteriores si es que acaso se usara irregularmente.

“Además, el que en diversas ocasiones el presidente de la República haya hecho manifestaciones contrarias a la normatividad electoral durante las ‘mañaneras‘, tampoco puede considerarse un factor que justifique, por sí mismo, la suspensión total de su difusión”, consideró Felipe de la Mata.

Sobre el argumento del PAN y PRI, en el sentido de que el presidente López Obrador ha recibido 27 medidas cautelares por parte de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, el magistrado busca resolver que “no puede considerarse que la sola celebración de las conferencias matutinas implique un riesgo inminente al proceso electoral que amerite el dictado de medidas cautelares en los términos que plantean los recurrentes”.

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Por ello, de conseguir el respaldo de al menos dos magistrados más en el pleno de la Sala Superior, este proyecto podría ser aprobado por el Tribunal en una próxima sesión.

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