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Tribunal Electoral restituye a Santiago Nieto como candidato de Morena al Senado

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Foto: Cuartoscuro

Por Jorge Monroy

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) devolvió a Santiago Nieto Castillo la candidatura de Morena al Senado de la República con el argumento de que la residencia no se pierde si la persona se traslada a otro lugar por motivos laborales o una comisión oficial.

Con el voto en contra de la magistrada Janine Otálora, y en favor de Mónica Soto, Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata, el Tribunal Electoral revocó la decisión del pasado 27 de marzo pasado de la Sala Regional Toluca, que invalidó la candidatura de Nieto Castillo, por incumplir el requisito de residencia efectiva en Querétaro.

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La sentencia argumentó que Nieto Castillo ha tenido diversos cargos públicos fuera de Querétaro de manera continua por años, e incluso concluyó uno de ellos el pasado 8 de enero como encargado de despacho de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo.

En la sesión de este miércoles de la Sala Superior no estuvo presente el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien se informó se encuentra de vacaciones.

Santiago Nieto acusó previamente al magistrado de haber operado para el retiro de su candidatura, por lo que también había pedido su excusa de este caso.

Santiago Nieto acudió a la sesión de este miércoles en la Sala Superior, donde dijo estar agradecido con el magistrado Alfredo Fuentes Barrera por su proyecto presentado en la sesión, donde se señala que fue registrado en San Juan del Río a los 20 días de nacido.

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La Sala Superior del Tribunal resolvió que su Sala Regional calificó de manera indebida el cumplimiento del requisito de residencia efectiva de Nieto Castillo, ya que realizó una interpretación restrictiva del derecho a ser votado, y que no es acorde con el modelo constitucional de protección de derechos humanos ni con la finalidad constitucional que persigue el requisito de legibilidad.

“Es un hecho no controvertido que el nacimiento del recurrente fue registrado en la entidad federativa por la que pretende contender y el requisito constitucional prevé el ser originario de la entidad federativa, no haber nacido en esta”, señala la sentencia. 

El Tribunal Electoral dio por cumplido el requisito relativo a la residencia efectiva de Santiago Nieto, en virtud de que la excepción prevista en la citada norma constitucional relativa a que la vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular, también debe extenderse al ejercicio de cargos públicos distintos a los de elección popular.

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