Tribunal Electoral da revés a Morena: restituye la alianza opositora en Nuevo León

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Foto: Cuartoscuro

Por Jorge Monroy

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) restituyó la coalición PAN, PRI y PRD que Morena logró tumbar en Nuevo León para la elección de alcaldías y diputaciones locales en el proceso electoral 2024.

A raíz de una impugnación que presentó Morena, los magistrados del tribunal electoral local, y luego la Sala Regional Monterrey, aprobaron sacar al PAN de la coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León.

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Morena impugnó el registro de la alianza opositora en Nuevo León el 1 de febrero, cinco días después solicitó información al instituto local sobre los anexos del acuerdo impugnado.

El 10 de febrero, Morena presentó una ampliación de demanda en la que alegó que los documentos presentados por el PAN no tenían el alcance probatorio para tener por cumplido el requerimiento de registro.

En sesión pública este miércoles, los magistrados de la Sala Superior establecieron que sus pares de la Sala Regional Monterrey generaron un supuesto adicional para lo que debe entenderse como hecho superviniente, lo cual se tiene que verificar para determinar si se toma en cuenta para la procedencia de una ampliación de demanda, así como para el funcionamiento del sistema impugnativo en su conjunto.

Por ello, dio la razón al PAN, en el sentido de que fue incorrecta la admisión de la ampliación de la demanda por parte de Morena, porque la documentación que afirmó Morena no conocer, le fue informada de su presentación mediante notificación que emitió la autoridad electoral, en la cual se detalló el contenido y anexo de los documentos.

A partir de esto, Morena tenía que haber verificado, y en su caso, controvertir dicho acto dentro del plazo legal previsto para ello.

La Sala Superior considera que, desde la notificación del acuerdo, Morena conoció de la existencia de los documentos y podía consultarlos en los archivos del instituto local, sin que lo hubiera hecho, ni lo hubiera aducido en la sesión o en su demanda.

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Por ello, revocó la sentencia impugnada y confirmó el acuerdo del Instituto Electoral de Nuevo León que admitió y registró la coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León.

Vinculó a la autoridad electoral estatal a que, de inmediato, le conceda un plazo de cinco días a la coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León para que presente las solicitudes de registro de sus candidaturas.

La magistrada Janine Otálora dijo que “fue incorrecta la valoración de la Sala responsable al confirmar la determinación del tribunal local de admitir el escrito de ampliación de demanda“.

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