Suprema Corte da revés a la “ley Bartlett”: le otorga amparo a empresas privadas

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Foto: Captura de pantalla

Por Julio Astorga

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) otorgó un amparo con efectos generales en contra de la Ley de la Industria Eléctrica, conocida como “ley Bartlett”, que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador, la cual beneficia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) frente a particulares.

El asunto se resolvió con el voto de calidad del ministro Alberto Pérez Dayán, presidente de la Segunda Sala, quien se decantó a favor del amparo junto con el ministro Luis María Aguilar. Las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres, ambas propuestas por el presidente López Obrador, fueron en contra.

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Aunque sólo seis empresas privadas promovieron el amparo en contra de la ley Bartlett, la SCJN declaró el amparo como de efectos generales para evitar distorsiones en el mercado y sólo las amparadas sean beneficiadas con la inaplicación de la reforma aprobada en marzo de 2021.

La reforma, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y promulgada hace un mes, elimina el criterio económico para despachar primero las plantas hidroeléctricas y de combustibles fósiles de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las centrales privadas de renovables y de ciclo combinado.

También ordena revisar de forma retroactiva los permisos de autoabastecimiento y contratos previos del Gobierno con productores independientes de energía, además de cambiar las reglas de los Certificados de Energía Limpia (CEL) para darlos a plantas viejas de la CFE.

La Corte determinó que la reforma transgredió la libre competencia y libre concurrencia. Asimismo, precisó que el supuesto fortalecimiento de las empresas de participación estatal no es una razón válida para desconocer el marco constitucional en materia energética.

A pesar de que las discusiones en salas suelen ser breves, la ministra Batres Guadarrama expuso durante más de veinte minutos sus razones para votar en contra del proyecto.

“Considero que este tema fue discutido en una anterior acción de inconstitucionalidad”, argumentó la recién nombrada ministra, en referencia a la discusión de abril de 2022, en la que no se logró la mayoría calificada de ocho votos para la invalidez de la ley.

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También hubo discrepancia respecto al voto de desempate del ministro Pérez Dayán. De acuerdo como la ministra Yasmín Esquivel Mossa, la ley de amparo se refiere al voto de calidad del presidente de la sala cuando existe un empate al calificar el impedimento de un ministro y no un empate en la discusión del fondo de un asunto.

Al respecto, el ministro Alberto Pérez Dayán le recordó a la ministra Esquivel Mossa que ella utilizó el criterio de empate en el fondo del asunto para decidir un amparo.

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