El Banco del Bienestar debe transparentar facturas del programa conjunto entre México y Cuba para combatir la Covid: INAI

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Banco de Bienestar entregar facturas y las pruebas gráficas de los materiales relacionadas con el programa “México-Cuba: Combatiendo juntos la Covid-19”.

De acuerdo con un comunicado, la comisionada Norma Julieta del Río Venegas enfatizó que transparentar dichos datos permite al gobierno tomar decisiones, así como acercar a los ciudadanos a las autoridades en materia de salud.

Te puede interesar: “Acepto el reto de mis adversarios”: AMLO se compromete a dejar el sistema de salud del país como uno de los mejores del mundo

“La sociedad que cuestiona merece que el Banco del Bienestar o cualquier dependencia relacionada con esta política de salud entregue la información“, indicó el INAI.

En el documento se detalló que el asunto derivó de un recurso presentado ante el INAI luego de que a una persona le fuera negada dicha información.

La parte que negó los materiales del programa al inconforme le sugirió consultar la información con la Secretaría de Salud.

Sin embargo, el sujeto obligado a transparentar los datos turnó la solicitud a la Dirección General Adjunta, área que declaró que la información no existía.

Por ello, la comisionada determinó que aunque el sujeto obligado se declaró incompetente, se especificó, por parte del órgano, que las áreas a las que se turnó la solicitud sí podían atender el caso, al igual que la Dirección General Adjunta.

Sigue leyendo: “Megafarmacia” de AMLO no atiende desabasto de vacunas; “que el centro de salud le dé solución”, contestan operadoras telefónicas

“El Banco de Bienestar si cuenta con áreas administrativas competentes para conocer de los acuerdos firmados, las facturas del material comprado, los entregables y las pruebas gráficas de la entrega de los materiales relacionados con el programa México-Cuba“, indicó la dependencia.

Además, determinó que la información sí es existente, debido a que el sujeto obligado era un intermediario financiero, por lo que pudo haber contado con algún documento con los materiales solicitados.

Esta web usa cookies.