Juicio político contra Samuel García continúa: rechazan impugnación en la Suprema Corte

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Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, había presentado contra el juicio político en su contra. 

Desde el pasado 31 de enero, la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León determinó iniciar el procedimiento de juicio político contra Samuel García. 

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Ante esta decisión, el gobernador presentó un juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa de Nuevo León, que le concedió en febrero la suspensión solicitada. 

Sin embargo, el presidente del Congreso de Nuevo León promovió una controversia de inconstitucionalidad contra la resolución del Tribunal de Justicia Administrativa, que fue declarada como procedente y fundada por el Tribunal Superior de Justicia, que falló a favor del Poder Legislativo estatal.

Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia invalidó el recurso que se le concedió en febrero a Samuel García, quien reclamó la resolución ante la Suprema Corte.

El ministro Javier Laynez Potisek, a quien le fue turnado el asunto, consideró improcedente el recurso porque señaló que este no plantea un conflicto de competencia, sino que pide se analice de fondo la resolución. 

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“Lo que realmente solicita es que este alto tribunal revise si la resolución dictada por el Poder Judicial local fue o no correcta al declarar la inconstitucionalidad e invalidez del proveído emitido por el Tribunal de Justicia Administrativa, aspecto que claramente no corresponde al objeto de protección del presente medio de control”, agrega. 

En el documento, el ministro explica que las controversias constitucionales pretenden resolver los conflictos competenciales entre órganos, poderes o entes. 

“El actor no plantea un auténtico conflicto que recaiga en la competencia de los órganos originarios del estado de Nuevo León, más bien pretende que en esta vía se revierta una decisión que, de forma indirecta, resultó adversa al titular del Poder Ejecutivo y para la que se pretende su revisión a partir del marco legal de dicha entidad federativa, lo que no es posible realizar en la presente controversia constitucional”, se lee

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