Por Jorge Monroy
Jorge Álvarez Máynez, coordinador de la precampaña presidencial de Samuel García, presentó ante la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral (INE) una denuncia contra el expresidente Vicente Fox Quesada por violencia política en razón de género contra Mariana Rodríguez Cantú, esposa del precandidato.
El emecista señaló que el pasado 25 de noviembre, Fox Quesada publicó en su cuenta oficial de la red social denominada X, una serie de publicaciones en las que denostó, denigró e insultó a Rodríguez Cantú, a quien calificó de “dama de compañía”.
Álvarez Máynez consideró que esto constituyó una serie de vulneraciones de índole político-electoral y violencia política en razón de género.
En el escrito pidió medidas cautelares contra Vicente Fox Quesada, como retirar las publicaciones en sus redes sociales y evitar cualquier expresión que denigre, denuesta o insulte a Mariana Rodríguez Cantú o a cualquier mujer dentro o fuera del Proceso Electoral Federal 2023-2024.
“Igualmente, se solicita que el denunciado Vicente Fox Quesada emita una disculpa pública en la que señale las razones por las cuales no es correcto emitir calificativos negativos y denigrantes a las mujeres”, se lee en el documento.
Presentamos una denuncia contra @VicenteFoxQue por los ataques que hizo a Mariana Rodrguez en razón de su género.
— Jorge Álvarez Máynez (@AlvarezMaynez) November 27, 2023
No vamos a permitir que el PRIAN enlode esta contienda con bajezas y mentiras, como ya han hecho en el pasado.
Su desesperación debe tener límites: pic.twitter.com/lSdH1E0D31
El diputado federal de Movimiento Ciudadano argumentó que de acuerdo con el artículo 21 del Reglamento de Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género, las denuncias pueden ser presentadas por las víctimas o, en su caso, por terceras personas.
El coordinador de la campaña de Samuel García pidió que el INE considere si se trata de un acto que se dirige a una mujer por el solo hecho de ser mujer.
“Se relegó a Mariana Rodríguez Cantú a ser la pareja o no de alguien, siendo que en el debate estaba presente la afectada, a fin de debatir y exponer ideas y opiniones respecto a su persona y su desempeño como mujer”, señaló.
Además, dijo, se le calificó como “dama de compañía” concepto que, en la acepción en la que fue utilizado, implica una serie de calificativos profundamente negativos e indignos.
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En el recurso también argumentó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido que la libertad de expresión se inserta en una trama de derechos humanos que tiene como uno de sus principales ejes articuladores la dignidad humana, así como el derecho a la información del electorado como elemento fundamental para garantizar el ejercicio del sufragio de manera libre e informada.
Este asunto deberá ser resuelto en los próximos días en la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.