TEPJF revoca el nombramiento de Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León

Por Jorge Monroy

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la designación de José Arturo Salinas Garza como gobernador interino de Nuevo León debido a su inelegibilidad por ser presidente del Tribunal Superior de Justicia.

El Tribunal Electoral ordenó al Congreso de ese estado que realice un nuevo nombramiento apegado a su Constitución local.

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“Se ordena al Congreso del Estado que realice el nombramiento de la gubernatura interina, conforme a lo establecido en los artículos 118 y 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León. Para lo cual deberá generar los consensos necesarios al interior del Congreso”, estableció la sentencia.

La magistrada Janine Otálora planteó que, así como la Constitución establece la facultad del Congreso para hacer dicho nombramiento, también establece una prohibición a las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia para que, aun teniendo licencia en el cargo judicial, ocupen cualquier cargo en el gobierno de la entidad.

“Y esta prohibición tiene como consecuencia que, el magistrado presidente sea inelegible, por lo que, propongo revocar justamente su designación en la gubernatura interina”, dijo. 

La magistrada Mónica Soto dijo que el Congreso de Nuevo León, en uso de su autonomía y facultades, debe hacer el nombramiento conforme a sus procedimientos, y se pronunció en contra de que el Tribunal impidiera al partido Movimiento Ciudadano, al que pertenece el gobernador Samuel García, hacer una propuesta —como el resto de los partidos— para gobernador interino. 

El magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, destacó que Arturo Salinas no es elegible porque contraviene los artículos 49 y 116 de la Constitución Federal, así como el artículo 62 de la Constitución de Nuevo León, que establecen el principio de división de poderes en el ámbito federal y en el ámbito del estado de Nuevo León, respectivamente. 

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“Me parece que en el presente caso, el Congreso del Estado de Nuevo León, al nombrar como gobernador interino al titular del Poder Judicial de dicha entidad, desconoció este principio fundamental de división de poderes y una licencia no justifica, no genera las condiciones. (…) Si se quisiera aplicar el 118, la lectura tendría que ser muy estricta, muy acotada, muy minimalista respecto de la protección de ese principio de separación de Poderes”, afirmó.

Consideró que a diferencia del pensamiento de la magistrada Mónica Soto Fregoso, el nombramiento del gobernador interino de Nuevo León no es un asunto estrictamente parlamentario, sino que es electoral.

Confrontación entre magistrados

Durante la sesión del pleno del Tribunal Electoral, la magistrada Mónica Soto confrontó al magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, por proponer una redacción minimalista en el proyecto de resolución, y a la magistrada Janine Otálora por plantear un ajuste a su proyecto original

“A ver ya no entendí otra vez magistrada Otálora, ¿va a volver a mover su proyecto? (hasta magistrada Soto tiene la palabra). ¿Cuál va a ser el proyecto que vamos a votar?”, preguntó Soto.

La magistrada Otálora planteó anteriormente modificar la parte de los efectos el proyecto para establecer que deberá generar los consensos necesarios al interior del Congreso para hacer el nombramiento de otro gobernador interino

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